Acceder a un coche eléctrico nuevo a un precio asequible es complicado en 2024, pero no es imposible gracias a las subvenciones del Plan Moves III promovido por el Gobierno. Originalmente, se esperaba que estas ayudas terminaran a finales de 2023, pero, afortunadamente, el plazo se ha extendido hasta el 31 de julio de 2024 (o hasta el agotamiento de los fondos), permitiendo que las subvenciones estén disponibles durante la mayor parte de este año.

Es esencial revisar los criterios específicos de tu región para solicitar esta subvención, dado que los trámites varían según la comunidad autónoma en la que residas y estés empadronado. Los conductores interesados deben solicitar personalmente las ayudas del Plan Moves III, aunque también es posible gestionarlo a través del concesionario al momento de la compra para simplificar el proceso.

Tras la entrega de la documentación requerida, la entidad pública correspondiente evaluará tu solicitud y, si cumples con los requisitos exigidos, te otorgará la ayuda en un máximo de 12 meses tras la resolución de la solicitud, que puede tardar hasta 6 meses desde la presentación de la misma. Esto implica que la subvención siempre se recibirá al menos un año después de adquirir el vehículo eléctrico, ya sea coche o moto.

Calendario del Plan Moves III que da ayudas para comprar un vehículo. Elaboración propia

Calendario del Plan Moves III que da ayudas para comprar un vehículo. Elaboración propia

En el caso de que el interesando en esta ayuda sea un particular, un autónomo, una comunidad de propietarios o una administración sin actividad económica, el vehículo puede comprarse antes de solicitar la ayuda. Sin embargo, cuando se trata de empresas, estas tendrán que presentar primero la solicitud y luego adquirir el vehículo. El tiempo estimado para recibir la subvención desde que se presenta la solicitud es de un año y medio.

¿Cuáles son las cuantías de las ayudas para comprar un coche eléctrico?

La cantidad de las ayudas del Plan Moves III para la compra de vehículos sostenibles depende del modelo seleccionado y de la tecnología que incorpore. La ayuda será notablemente más elevada si se entrega el vehículo antiguo, es decir, con achatarramiento. En la tabla siguiente se recogen las cuantías de las ayudas si el conductor solicitante es un particular, autónomo, comunidad de propietarios o administración. Además, debe añadir un descuento adicional de 1.000 euros que el concesionario aplicará directamente en el momento de la compra.

Motorización Categoría Autonomía Límite precio de venta (antes del IVA)

Ayuda sin achatarramiento

Ayuda con achatarramiento 
Pila de combustible Turismos ------ ------ 4.500 euros 7.000 euros
Eléctricos Mayor o igual de 30 km y menor de 90 km 45.000 euros (53.000 euros para vehículos eléctricos de 8 o 9 plazas) 2.500 euros 5.000 euros
Mayor o igual de 90 km 4.500 euros 7.000 euros
Eléctricos y Pila de combustible Furgonetas Mayor o igual de 30 km ------ 7.000 euros 9.000 euros
Eléctricos Cuadriciclos ligeros ------ 1.400 euros 1.600 euros
Cuadriciclos pesados 1.800 euros 2.000 euros
Motocicletas Mayor o igual de 70 km 10.000 euros 1.100 euros 1.300 euros

 

Si quien solicita las ayudas del Plan Moves III es una empresa, las cuantías de la ayuda varían, como se muestra en la siguiente tabla:

Motorización Categoría Autonomía Límite precio de venta (antes del IVA)

Ayuda en euros

Sin achatarramiento

Con achatarramiento 
PYME  Gran Empresa PYME  Gran Empresa
Pila de combustible Turismos ------ ------ 2.900 2.200 4.000 3.000
Eléctricos Mayor o igual de 30 km y menor de 90 km 45.000 euros (53.000 euros para vehículos BEV de 8 o 9 plazas) 1.700 1.600 2.300 2.200
Mayor o igual de 90 km 2.900 2.200 4.000 3.000
Eléctricos y Pila de combustible Furgonetas Mayor o igual de 30 km ------ 3.600 2.900 5.000 4.000
Cuadriciclos ligeros ------ 800 1.000
Cuadriciclos pesados 1.200 1.500
Motocicletas Mayor o igual de 70 km 10.000 euros 750 750 950 900

 

Requisitos para acceder a las ayudas del Plan Moves III

Para poder acceder a las subvenciones, los automóviles deben ser nuevos y pertenecer a las categorías de eléctricos, eléctricos de autonomía extendida o híbridos enchufables que no superen el precio de venta de 45.000 euros sin IVA. Esta limitación de precio se eleva hasta los 53.000 euros para los vehículos eléctricos que dispongan de entre ocho y nueve asientos.

No obstante, no existe un límite de precio para los vehículos que funcionan con pila de combustible. A partir del verano de 2023, se amplía la elegibilidad a vehículos que ya han sido matriculados, siempre que no superen los 12 meses de antigüedad y sean eléctricos.

Asimismo, el Plan Moves III también prevé un aumento del 10% en la cantidad de las ayudas económicas para determinados grupos y situaciones específicas, como personas con discapacidad, vehículos que se usen para taxis o VTC, y compradores que vivan en localidades con menos de 5.000 habitantes.

¿Cómo solicitar las ayudas para comprar un vehículo eléctrico?

Las solicitudes para el Plan MOVES III son gestionadas por las distintas comunidades y ciudades autónomas, y aunque los requisitos son uniformes en todo el territorio, el procedimiento puede variar de una región a otra. En algunas comunidades, el concesionario se encarga de los trámites sin coste adicional para el cliente, mientras que en otras, es el comprador quien debe encargarse de la gestión. Además, la forma de presentar la solicitud también puede diferir, siendo en algunas regiones posible hacerlo de manera presencial y en otras únicamente online.

Si en tu comunidad autónoma el concesionario puede ocuparse de la gestión, es recomendable dejar en sus manos el proceso. En caso contrario, deberás preparar la siguiente documentación:

  • Copia del presupuesto u hoja de pedido del vehículo.
  • Fotocopia del DNI o NIF del solicitante.
  • Para autónomos, el certificado de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores.
  • Declaración responsable de estar al día con las obligaciones tributarias de la Seguridad Social.
  • Declaración responsable de no haber recibido ayudas similares en los últimos tres años.
  • Certificado de empadronamiento que acredite la residencia en la comunidad autónoma donde se presenta la solicitud. 
  • En caso de discapacidad, taxi o VTC, se requiere un certificado que lo acredite.

Los documentos específicos pueden variar ligeramente según la región, pero generalmente se requiere esta información. Es necesario disponer de firma electrónica para completar los trámites.

Iniciar el proceso de solicitud

Cuando se han reunido todos estos documentos, se ha de acceder al portal web de cada comunidad para iniciar la solicitud. Algunas de estas páginas tienen un espacio dedicado exclusivamente a la ayuda, mientras que en otras se encuentra dentro del sitio web oficial de la región. Los enlaces de cada comunidad o ciudad autónoma son los siguientes: 

  1. Andalucía
  2. Aragón
  3. Asturias
  4. Islas Baleares
  5. Canarias
  6. Cantabria
  7. Castilla-La Mancha
  8. Castilla y León
  9. Cataluña
  10. Ceuta
  11. Extremadura
  12. Galicia
  13. Melilla
  14. Región de Murcia
  15. Navarra
  16. País Vasco
  17. La Rioja

Son las Comunidades Autónomas las encargadas de procesar las solicitudes y de distribuir finalmente los fondos de la ayuda, aunque estos provengan de un presupuesto nacional. La administración de estos fondos siempre se se realiza a nivel regional. 

En este contexto, cabe destacar que en Madrid y en la Comunitat Valenciana ya se han agotado los recursos destinados a este propósito. Los habitantes de estas comunidades aún pueden solicitar la ayuda, pero quedarán en lista de espera y solo obtendrán la subvención en caso de que se reasignen fondos de solicitudes que fueron aprobadas inicialmente pero después canceladas.

Además, el Plan Moves III no solo cubre la adquisición de vehículos eléctricos sino también la instalación de puntos de recarga. En este último aspecto, los recursos parecen ser aún más escasos. De hecho, en varias comunidades como Andalucía, Aragón, Asturias, Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla y León, Madrid, Murcia, Navarra, y el País Vasco, ya se han agotado estas ayudas específicas.

Otra documentación necesaria para comprar un coche eléctrico

Existe otra documentación que es necesario presentar para justificar la compra del vehículo eléctrico y así poder recibir la ayuda del Plan Moves III:

  • Copia de la factura de compra del vehículo, que debe reflejar un descuento mínimo de 1.000 euros por parte del concesionario.
  • Comprobante de pago de la factura.
  • Copia de la ficha técnica y del Permiso de Circulación del vehículo, o una copia del Permiso provisional de la DGT.
  • Datos de la cuenta bancaria para el ingreso de la subvención.

Si se ha dado de baja un vehículo como parte del proceso para maximizar la ayuda, es decir, se lleva a cabo el achatarramiento del vehículo anterior del solicitante, se requerirán:

  • El certificado de baja del vehículo.
  • La fotocopia del permiso de circulación del vehículo dado de baja.
  • La copia del último impuesto de circulación pagado, como mínimo, desde 2020.

La ayuda debe señalarse en la declaración de la renta

Una vez que se recibe el importe de la ayuda, es necesario declararlo en la declaración de la renta como un incremento de patrimonio no proveniente de la venta de bienes, y se incluye en la base general del IRPF junto con los demás ingresos y rentas. Esto significa que una parte del importe recibido inicialmente deberá ser devuelto al fisco, y la cantidad exacta dependerá de los ingresos totales del contribuyente. Por ejemplo, si no se tienen otras ganancias patrimoniales, una ayuda máxima de 7.000 euros estaría sujeta a una tributación del 19% sobre los primeros 6.000 euros y del 21% sobre los 1.000 euros restantes, resultando en un mínimo de 1.350 euros que habría que devolver.

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