La Audiencia Provincial de Pontevedra, en su quinta sección con sede en Vigo, ha emitido una sentencia que condena a un hombre a un total de 4 años y medio de prisión. La condena se debe a los abusos sexuales cometidos contra dos hermanas menores de 16 años en el partido judicial de Redondela. El tribunal ha considerado probado que el acusado convivía en un bajo de la casa donde residían las niñas junto a sus padres, manteniendo una relación de amistad y confianza con la familia. Este vínculo fue aprovechado para llevar a cabo los actos por los que ha sido condenado.
En abril de 2022, durante el proceso de mudanza a la vivienda, el acusado realizó tocamientos inapropiados a la hermana mayor. En un primer incidente, la cogió por la cintura y le dio palmadas en las nalgas. Días más tarde, estando ambos solos en el domicilio, intentó besarla mientras ella estaba sentada en un 'puff'. La menor logró escapar y se refugió en su habitación. El hombre se acercó a la puerta pidiendo disculpas y afirmando que si tuviera "15 años menos", ella sería su "novia". Estos hechos han sido determinantes en la sentencia emitida.
Condenado a 4 años y medio de prisión
Además del abuso a la hermana mayor, la Audiencia ha verificado que el hombre también abusó de la hermana menor. En una ocasión, mientras la llevaba al cine, el acusado realizó tocamientos en sus partes íntimas con intenciones libidinosas. A pesar de que el acusado negó las acusaciones durante el juicio, atribuyéndolas a "malos entendidos", el tribunal ha dado credibilidad al testimonio de las víctimas. La ausencia de animadversión o intenciones espúreas en sus declaraciones fue un factor clave para el veredicto.
Por estos delitos, el tribunal ha condenado al acusado por un delito continuado de abusos sexuales y otro delito de abusos sexuales, ambos cometidos contra menores de 16 años. La condena incluye no solo la pena de prisión, sino también la prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas durante un periodo superior en 4 años a la pena de cárcel. Asimismo, se le ha impuesto una medida de libertad vigilada por 5 años tras cumplir la pena de prisión, y se le inhabilita para realizar cualquier actividad que implique contacto con menores durante 4 años.
El tribunal también ha ordenado el pago de indemnizaciones que suman 4.000 euros a las menores en compensación por el daño moral causado. La sentencia aún no es firme, y el condenado tiene la posibilidad de presentar un recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia (TSXG). Esta opción de apelación es un recurso legal que permite al acusado cuestionar el fallo del tribunal, si considera que hubo errores en el proceso judicial.
La medida de prohibición de acercarse o comunicarse con las víctimas busca proteger a las niñas de futuros encuentros no deseados con el acusado. La inhabilitación para trabajar en oficios que impliquen contacto con menores también es una medida preventiva para evitar que el condenado pueda repetir sus acciones en un entorno similar.