La Orden de los Agustinos, que gestiona la residencia de estudiantes Elías Ahúja de Madrid, se ha comprometido a "prevenir por todos los medios oportunos" que se repita el episodio de los gritos sexistas lanzados a las residentes del Colegio Mayor Santa Mónica.

"Nos comprometemos a prevenir, por todos los medios oportunos que estén a nuestro alcance, que en el futuro vuelva a suceder algo así, en ninguno de los colegios mayores que la Orden de San Agustín tiene en España", ha explicado la Provincia agustina de San Juan de Sahagún en un comunicado, tras la decisión de la Fiscalía de Madrid de archivar las diligencias de investigación abiertas contra un alumno de la residencia por los gritos sexistas.

La orden ha expresado su agradecimiento a la Fiscalía que "en tiempo y forma ha actuado conforme a la legalidad" y ha "reprobado una vez más, lo sucedido en el Elías Ahúja", el pasado mes de octubre. Además, ha dado a conocer su voluntad de "acompañar a los jóvenes universitarios en los colegios mayores, con una propuesta de formación integral, especialmente importante en una etapa tan decisiva de sus vidas".

Los gritos virales de la residencia estudiantil

La Fiscalía de Madrid abrió diligencias a raíz de una denuncia de Movimiento contra la Intolerancia al considerar que los hechos podrían ser constitutivos de un delito de odio. La demanda llegó tras hacerse viral un vídeo en el que se veía cómo los residentes de este colegio mayor, adscrito a la Universidad Complutense de Madrid, amedrentaban a sus vecinas de la residencia de estudiantes Santa Mónica de Madrid profiriéndoles gritos como "ninfómanas", "putas" y "os vamos a follar".

El decreto de archivo del fiscal sostiene que los hechos son "irrespetuosos e insultantes para las mujeres" y las expresiones proferidas constituyen "un ataque a la dignidad individual o colectiva de aquellas".

Sin embargo, Fiscalía considera que los hechos no pueden ser por sí solas constitutivos de un delito de odio recogido en el artículo 510.2 a) CP, al exigir este delito la concurrencia de una motivación discriminatoria concreta, la cual no ha resultado acreditada en la investigación por hechos anteriores, coetáneos ni posteriores a los denunciados.

Según la institución, la acción investigada no puede tipificarse tampoco como un delito contra la integridad moral porque para ello es necesario que alguna de las personas destinatarias de las expresiones proferidas se hubiera sentido ofendida y "no consta que ninguna de las mujeres que se encontraban en la residencia haya denunciado los hechos".