El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha rechazado el recurso presentado por la Comunidad de Madrid tras el auto en el que se obligaba al Gobierno autonómico a medicalizar las cuatro residencias de ancianos de Alcorcón. En su razonamiento, los jueces recuerdan una orden del Ministerio de Sanidad de 3 abril que faculta a intervenir las residencias por parte de las comunidades autónomas “atendiendo a los principios de necesidad y proporcionalidad”, sobre todo, si cuenta con casos confirmados de coronavirus, como ocurrió en los centros de Alcorcón.

En su auto, que adelanta El País, los jueces analizan, incluso, lo que significa en la actualidad el término medicalizar, y explican que se trata de modificar el uso de los centros para “su utilización como espacios de uso sanitario”.

Como en los hoteles y el IFEMA

Medicalizar una residencia de mayores puede considerarse lo que, en la propia Comunidad de Madrid, se ha llevado a cabo de forma notoria y públicamente conocida en algunos hoteles de la capital y en el recinto ferial de Ifema”, subrayan los jueces para dejar claro que los responsables de la Consejería de Sanidad saben perfectamente lo que les reclama la alcaldesa socialista de Alcorcón, Natalia de Andrés.

Los jueces mantienen la medida cautelarísima impuesta en el auto de 21 de abril a la Comunidad de Madrid, para medicalizar los cuatro centros de mayores y dotarlos de personal médico-sanitario y medios materiales “prestando in situ la asistencia sanitaria adecuada a cada uno de los residentes contagiados-positivos asintomáticos o enfermos por covid-19”. Además, la Consejería de Sanidad deberá informar cada siete días naturales “de las medidas concretas adoptadas para cumplir lo acordado en este auto”.

El TSJ responde así al recurso presentado por la Comunidad de Madrid el 27 de abril en el que pedía el levantamiento de la medida cautelarísima para medicalizar los cuatro centros de mayores de la localidad, al defender que no había existido “inactividad” por parte del Ejecutivo de Díaz Ayuso.