El Tribunal de Cuentas ha abierto expediente sancionador a Vox por financiación irregular. Según fuentes de este organismo, el partido de Santiago Abascal ha podido cometer infracciones continuadas -dos concretamente- muy graves al aceptar “miles de donaciones finalistas” que están prohibidas por la Ley Orgánica de Financiación de Partidos Políticos de 2007. La sanción propuesta es de más de 233.000 euros.

Donaciones claramente irregulares

Los detalles del acuerdo de incoación del expediente explican que el 17 de abril de 2019, la formación de ultraderecha abrió una recaudación a través de su página para reunir los 15.000 euros que le exigió el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña para querellarse contra Quim Torra, expresidente de la Generalitat de Cataluña.

El órgano apunta a dos momentos en los que Vox se habría financiado de forma claramente irregular. El primero llegaría precisamente del proceso contra Torra, cuando la extrema derecha presumió de lograr 31.664,80 euros en tan solo cuatro horas.

Meses después, el 15 de julio de ese mismo año, la formación ultraderechista lanzó una nueva campaña de crowdfunding bajo el lema #AyudemosABorja con el objetivo de pagar la fianza de un joven malagueño que había sido condenado a dos años de cárcel por la muerte de un ladrón al que persiguió y golpeó cuando huía después de robar el bolso de una mujer en Fuengirola, en ciudad de la Costa del Sol. En esta ocasión, Vox ingresó 120.482, 93 euros procedentes de cerca de 6.000 donantes.

Quién sabe si en un intento por evitar la actuación de los órganos competentes, Vox obliga en su página web a quienes le donen dinero a marcar una casilla asegurando haber leído y comprendido el artículo 4 de la Financiación de Partidos, que refleja categóricamente que las donaciones llevadas a cabo por las formaciones políticas serán “no finalistas” y tendrán “carácter irrevocable”. Pese a esta advertencia, el Tribunal de Cuentas considera que el aviso no blanquea lo que son donaciones de carácter irregular.

El Tribunal de Cuentas desmonta la versión de Vox

El partido de extrema derecha alegó que la ley no prohíbe todas las donaciones finalistas, sino simplemente aquellas cuya finalidad viene fijada por el donante, el cual puede condicionar la actividad del partido. Sin embargo, según la formación ultraderechista, la formación no resulta condicionado por quien hace las donaciones cuando es el mismo el que fija con carácter previo la finalidad de las mismas.

En otro orden de cosas, el partido de Santiago Abascal alegó que, en el caso de la fianza del joven malagueño, era éste el destinatario último de la donación y no el partido. En estas, la formación se presenta “como un mero intermediario, a modo de gestor de un negocio ajeno, sin hacer en ningún momento suyas, a título de propiedad, las cantidades donadas, que eran de Borja, como auténtico y único donatorio”.

El Tribunal de Cuentas tumba, sin embargo, las dos cuestiones. En lo que respecta a la primera, el órgano deja claro que la ley prohíbe donaciones finalistas en varios apartados y por varios cuestiones que no pasan únicamente por evitar que el donante imponga obligaciones a las formaciones políticos. Así las cosas, expone que la normativa está hecha también para que las donaciones finalistas se devuelvan cuando se frustra un objetivo; y que las donaciones revocables a partidos están proscritas. En este sentido, el informe destaca que “si es el donante quien establece la finalidad, estaría prohibida la donación al ser revocable”, mientras que “si la establece la formación, está prohibida al ser finalista”.

Sobre las explicaciones dadas por los de Abascal en el caso de la fianza del joven malagueño, el Tribunal de Cuentas acentúa que los ingresos se hicieron en la cuenta que Vox tiene reservada para donaciones y que el montante se benefició de las ventajas fiscales previstas para las aportaciones a partidos. En concreto, Vox eludió pagar el impuesto de sociedades, algo que tendría que haber abonado en el caso de que actuara como “gestor de un negocio ajeno”. Al margen, los donantes pudieron deducirse la base imponible del IRPF, algo que no tendría que haber ocurrido de tratarse de donaciones al joven malagueño. Además, el órgano fiscalizador concluye que los partidos no pueden actuar como “intermediarios” o “canalizador de donaciones”.

Con todo, el Tribunal de Cuentas ha aceptado la tercera alegación de Vox, a partir de la cual debe esgrimirse una diferencia entre las donaciones realizados por terceros de las llevadas a cabo por sus afiliados. Así, separa entre aportaciones (ingresos que llevan a cabo los miembros del partido) y donaciones (los realizados por terceros).  La explicación simple para la decisión del órgano es que las primeras no están sujetas a los requisitos de las segundas. De ahí que en el total del montante se consideren solo las cantidades que llegaron de sus afiliados, dejando el dinero de la colecta contra Quim Torra en 10.563 euros y el de la recaudación por Borja en 91.662 euros.

Puede rebajar la cantidad

La multa que puede percibir Vox por financiación irregular es, en cualquier caso, claramente mayor a estas cantidades, y ascendería a 233.324,22 euros -50.000 euros, como lo mínimo previsto por la ley, por la parte de Torra- y 183.324 por la de Borja. A pesar de esto, Vox puede rebajar considerablemente el importe a pagar -hasta un 40% en total- si reconoce su responsabilidad y renuncia a recurrir, y si paga de manera voluntaria dentro del periodo de alegaciones.