El presidente de la Sala Segunda del Tribunal Supremo, Manuel Marchena ha respondido a la presidenta del Congreso de los Diputados Meritxell Batet que descarta cualquier error en la sentencia condenatoria del diputado Alberto Rodríguez y que la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo es una pena accesoria "obligada".

Así lo exige este precepto -el artículo 56.1.2 del Código Penal- cuando se imponga una pena privativa de libertad, "como ha sucedido en el presente caso".

Batet decidió este jueves solicitar al Tribunal Supremo que aclarara el alcance de la pena que impuso al diputado de Unidas Podemos. Lo ha hecho dos días después de que el PSOE y el grupo confederal, que suman mayoría este órgano, concluyeran el martes que esa condena no implicaba tener que dejar sin escaño al parlamentario canario.

El portavoz de Unidas Podemos en el Congreso, Pablo Echenique, ha subrayado este viernes que la posibilidad de quitarle el escaño al diputado Alberto Rodríguez sería "aberrante", un "escándalo internacional y un "atentado al poder legislativo".

Echenique ha reiterado que, en su opinión, se condenó en una "sentencia sin pruebas" a Rodríguez por un delito (atentado contra la autoridad) que no cometió. Pero además ahora se intenta ejecutar una pena, la inhabilitación para ser diputado, que "no está" en el fallo. Por tanto, ha alertado de que sería "aberrante" que se procediera a esa "barbaridad jurídica" que entrañaría "hacer el ridículo como país" en el plano internacional. "La sentencia no incluye la retirada del acta y hay quien está maniobrando para quitársela", ha insistido el portavoz de Unidas Podemos para argumentar que la resolución del alto tribunal alude a la privación del derecho de sufragio pasivo, es decir, de presentarse a unas elecciones y "en ningún caso" la pérdida del escaño.

Y es que su postura, según ha destacado, "no es una opinión personal" sino que es "derecho", pues el artículo 42 del Código Penal, que pauta la sentencia, entraña la inhabilitación de sufragio pasivo mientras el 44 es el que alude a no poder desempeñar el cargo público.