Mediante el presente escrito, al amparo del art. 2 de la Ley Orgánica 2/1984, de 26 de marzo, sobre el Derecho de rectificación, se solicita la rectificación de la información publicada por ese medio el pasado 22 de enero, con el titular “La verdad sobre la supresión de la subasta de medicamentos. El triunfo de la “mafia” farmacéutica”, por no ser ciertos los hechos que en ella se relatan. 

A tal efecto, se solicita que se publique íntegramente la rectificación que a continuación se indicará, con la misma relevancia con la que se publicó la información cuya rectificación se insta y con el siguiente titular: “EL PLURAL.com rectifica la noticia titulada “La verdad sobre la supresión de la subasta de medicamentos”. 

La rectificación solicitada es la que sigue: 

«Nos vemos en la obligación de rectificar la información publicada por este medio el pasado 22 de enero con el titular "La verdad sobre la supresión de la subasta de medicamentos ", por no ser cierta.

Dicha información, publicada sin firma y locutada en vídeo, no fue contrastada en ninguno de sus extremos con la Junta de Andalucía antes de su publicación en EL PLURAL.com, pese a contener graves acusaciones contra el Gobierno andaluz.

1) EL PLURAL.com aseguró que es “mentira” que la decisión del Gobierno de Andalucía de poner fin a la subasta de medicamentos permita mantener la unidad de mercado en España, uno de los principios fundamentales para las economías modernas de mercado. Este dato es incierto ya que Andalucía fue la única comunidad autónoma que desde 2012 optó por subastar sus medicinas, imposibilitando de facto que pudiera hablarse de un mercado nacional único. 

2) La información que se publicó por este medio, calificaba de “mentira” que, debido al sistema de subastas, existiera riesgo de desabastecimiento de medicamentos para el ciudadano. Este dato no es cierto ya que la realidad es que sí llegaron a producirse problemas de abastecimiento e incluso hubo que implementar procedimientos sancionadores contra las empresas adjudicatarias. 

De las presentaciones de consumo más bajo podía salir un único adjudicatario tras las subastas para cubrir toda la ciudadanía andaluza, y el estocaje de medicina excluida del sistema de subastas a disposición de farmacias y distribuidoras no siempre bastaba para responder a situaciones de escasez, dificultando los tratamientos médicos. 

3) EL PLURAL.com acusó al presidente de la Junta de Andalucía, Juanma Moreno, de otra “mentira” por afirmar que “prometimos cambiar el sistema porque suponía un recorte de los derechos de los andaluces al acceso a los medicamentos, porque suponía una intromisión clara a la libertad de prescripción que tienen también nuestros profesionales, especialmente los médicos. […] Los andaluces vuelven a ser ciudadanos de primera y no de segunda en el acceso a los medicamentos". 

Esta acusación es incierta ya que según los datos reales, el diseño del sistema de subastas andaluz limitaba la libertad de prescripción de los profesionales del Servicio Andaluz de Salud (SAS). De hecho, entre el 90 y el 95% de los medicamentos distribuidos entre los andaluces desde la instauración de las subastas procedía de las adjudicatarias, siendo excepcional el acceso a las medicinas a disposición del resto de españoles.

El SAS, mediante el contrato-programa que suscribía con los centros sanitarios, fijaba un porcentaje de prescripción por principio activo y condicionaba a su cumplimiento la percepción de retribuciones complementarias por productividad de los facultativos. Además, se impuso un porcentaje adecuado de prescripción por principio activo para poder acceder a la acreditación profesional y, por tanto, para progresar en la carrera profesional. Igualmente, los sistemas informáticos (Receta XXI) condicionaban todo el sistema al estar diseñados para que la prescripción fuera del principio activo, de modo que el farmacéutico solo pudiera dispensar los medicamentos de las subastas, bajo el riesgo de quedarse sin cobrar. 

4) La cita por EL PLURAL.com de las resoluciones del Tribunal Constitucional es incorrecta e incompleta ya que este asunto sigue pendiente de la resolución judicial definitiva. Recientemente, el Supremo admitió a trámite un recurso de casación interpuesto por una empresa farmacéutica y el Alto Tribunal ya ha anunciado que se pronunciará sobre “si el resultado de la subasta, consistente en la exclusividad en el suministro de tales medicamentos, constituye una restricción a la libre competencia”. 4) La cita por EL PLURAL.com de las resoluciones del Tribunal Constitucional es incorrecta e incompleta ya que este asunto sigue pendiente de la resolución judicial definitiva. Recientemente, el Supremo admitió a trámite un recurso de casación interpuesto por una empresa farmacéutica y el Alto Tribunal ya ha anunciado que se pronunciará sobre “si el resultado de la subasta, consistente en la exclusividad en el suministro de tales medicamentos, constituye una restricción a la libre competencia”. 

5) EL PLURAL.com en ningún momento ha contrastado con el Consejero de Salud y Familias, Jesús Aguirre, las graves acusaciones e insinuaciones que se realizan contra su persona y gestión.

6) La acusación de “mafia” que se expresa en el vídeo locutado y que se entrecomilla en el subtítulo de la noticia efectuada por EL PLURAL.com. carece de datos que la sostengan, no ha sido contrastada con la Junta de Andalucía, ni con las personas a que afecta.” 

A los efectos de lo anterior se solicita que procedan inmediatamente a la rectificación de la noticia en los términos indicados, ya que se trata de una acusación grave e infundada, imputándose de forma temeraria a las personas que aparecen en el vídeo y en la noticia hechos inciertos y falsos, con grave 3 perjuicio a su imagen y a la de la Junta de Andalucía, reservándose a estos efectos el ejercicio de las acciones legales que procedan.