España ha dado este martes 14 de abril un paso adelante en los derechos de las personas migrantes que residen y trabajan en este país, después de que el Consejo de Ministros haya dado luz verde a la reforma del reglamento de la Ley de Extranjería en la que se incluye la regularización de en torno medio millón de personas extranjeras que viven en España.

Con esta medida, introducida por el Ministerio de Inclusión, Seguridad y Migraciones, aquellos migrantes que residen en nuestro país podrán adquirir derechos base como el acceso a los servicios públicos, contratos laborales regulado o también el pago de impuestos directos. Un avance que según ha reflejado el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una carta a la ciudadanía, sirve para “reconocer la realidad de casi medio millón de personas que ya forman parte de nuestra vida cotidiana”. Sin embargo, pese al aval del Consejo de Estado, son múltiples las preguntas que ahora se abren sobre la mesa, y también ingente la cantidad de bulos que tanto derecha como extrema derecha vienen arrojando sobre la medida.

A razón de ello, conviene subrayar que la regularización se aplica únicamente a aquellos extranjeros que ya se encontraban en España antes del anuncio de la reforma de la norma, y no a las nuevas llegadas. Por ello, uno de los requisitos para poder solicitar la regularización es la acreditación de la estancia previa en España antes del 1 de enero de 2026. Asimismo, se exige una permanencia continuada mínima de 5 meses en el momento de la presentación de la solicitud.

En esta línea de requisitos, también se incluye que se acredite la ausencia de antecedentes penales; lo que viene a tumbar otro de los bulos más sonados, que apuntaba a que esto no se exigía. Además, en lo que respecta a los solicitantes de protección internacional, será suficiente con haber presentado la solicitud antes del 1 de enero de 2026 y poder acreditarlo debidamente.

Calendario y vías de presentación de la solicitud

Con el objetivo de que las solicitudes puedan desarrollarse siguiendo un orden que no ponga en riesgo la buena prestación de servicios en los centros donde se tramitan, se han establecido las siguientes fechas y vías para poder presentar la solicitud.

  • 15 de abril: Publicación del procedimiento en el Boletín Oficial del Estado (BOE)
  • 16 de abril: Inicio de la tramitación telemática de solicitudes; se habilita también la solicitud de cita previa para atención presencial
  • 20 de abril: Comienzo de la atención presencial, siempre con cita previa
  • 30 de junio: Finaliza el plazo para la presentación de solicitudes

En este punto, conviene matizar que se ha diseñado un operativo especial para dar cobertura a todas las solicitudes, de manera que hasta 450 oficinas trabajarán en la atención presencial. Por su parte, el servicio telemático estará disponible desde este jueves 16 de abril, las 24 horas del día durante los siete días de la semana. Además, se incorpora un plan de refuerzo de personal extraordinario con más de 600 personas.

Con todo ello, se tumba otro de los bulos que hace referencia a que esta regularización y su solicitud va a colapsar tanto las oficinas de Correos como la Seguridad Social. Lejos de ello, lo cierto es que se han habilitado estos horarios específicos para no interceder con otros trámites. Además, la atención presencial solamente se hará mediante cita previa.

Por lo que hace a las vías para presentar las solicitudes, estas son presencial o telemática.

Vía telemática

  • Podrán presentar la solicitud directamente los interesados que dispongan de certificado electrónico y NIE
  • También se podrá realizar a través de personas inscritas en el Registro Electrónico de Apoderamientos
  • Se podrá contar con representantes profesionales como abogados, graduados sociales o gestores administrativos
  • Las entidades inscritas en el Registro de Colaboradores de Extranjería podrán prestar asistencia gratuita en la presentación de solicitudes

Vía presencial (únicamente disponible con cita previa)

  • El plazo para solicitarla se abre el 16 de abril, aunque la atención en oficinas comenzará el día 20 de abril
  • Podrá solicitarse a través de un formulario en la web del Ministerio, utilizando el sistema de identificación Cl@ve
  • También estará disponible la opción de solicitarla llamando al teléfono 060, disponible de lunes a viernes de 9:30 horas a 14:00 horas y de 16:30 horas a 19:30 horas
  • Oficinas de la Seguridad Social: al menos una por provincia, con atención de lunes a viernes en horario de 16:00 a 19:00 horas
  • Sucursales de Correos: ubicadas en capitales de provincia y municipios de más de 50.000 habitantes, con horario ininterrumpido de 08:30 a 17:30 horas
  • Oficinas de Extranjería: disponibles en determinadas provincias (Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia), exclusivamente en horario de tarde de 16:00 a 19:00 horas

Asimismo, se habilitará un portal específico dentro de la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones con toda la información actualizada sobre el proceso.

De la legitimidad de la medida al contexto económico

Con todo ello, este 14 de abril el Consejo de Ministros del Gobierno de España ha firmado un momento histórico en la legislatura de Pedro Sánchez al proporcionar al casi medio millón de migrantes en España derechos base.

Por ello, según subrayan fuentes de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la modificación del reglamento de Extranjería cuenta con legitimidad política, porque la toma en consideración de esta iniciativa contó con 310 votos a favor en el Congreso de los Diputados (todos los grupos parlamentos, excepto Vox); social, porque toma el testigo de una Iniciativa Legislativa Popular que fue respaldada con más de 700.000 firmas y que apoyan más de 900 asociaciones de distinta índole, además de contar con el respaldo de la Iglesia católica; y económica, por el respaldo manifiesto de los agentes sociales y sectores productivos vitales como la construcción, la agricultura y la ganadería, y el transporte, que llevan tiempo pidiendo públicamente esta medida.

Entre otras cosas, estas mismas fuentes ponen también de relieve la seguridad jurídica que ampara la modificación de la norma, al tratarse de un procedimiento reglado dentro del marco de la Ley de Extranjería, que cuenta con todas las garantías de legalidad y seguridad jurídica.

Al hilo de ello, subrayan que el dictamen del Consejo de Estado avala que este procedimiento se realice por la vía reglamentaria, y considera que en dicho desarrollo reglamentario se han respetado todas las garantías para concluir un procedimiento de esta índole. Además, añaden que su dictamen valora positivamente los objetivos generales de la regularización, como son la integración social, la seguridad jurídica y la reducción de la irregularidad administrativa.

En este orden de cosas, la medida que ha visto la luz este martes en el Consejo de Ministros tiene también un profundo calado en el plano económico del país. Tal y como detallan fuentes del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, la prosperidad de la economía actual va de la mano con la gestión de la migración y el aporte de los trabajadores extranjeros. De este modo, el 43% del empleo creado desde la puesta en marcha de la reforma laboral corresponde a trabajadores extranjeros, mientras que los trabajadores extranjeros representan más del 14% del total y hay sectores donde su peso es aún más relevante.

En este sentido, en el sector de la hostelería, uno de cada tres afiliados son extranjeros; en agricultura y construcción, uno de cada cuatro: en transporte, casi uno de cada cinco; y, además, uno de cada tres autónomos dedicado a telecomunicaciones, programación e informática es de otro país.

Entre otras cosas, instituciones de referencia como el Consejo Económico y Social (CES), la Comisión Europea, el FMI o la Airef coinciden en que España necesita que lleguen entre 200.000 y 250.000 migrantes al año hasta 2050 para mantener el Estado del Bienestar. Así, tal y como señala el CES, su contribución no se limita al ámbito económico, sino que también suponen el rejuvenecimiento demográfico, ya que la inmigración en España es eminentemente laboral y con un perfil de edad joven.

Con todo ello, desde la cartera que dirige Elma Saiz apuntan a que en ausencia de inmigración, España experimentaría una reducción significativa de la población y perdería peso en el contexto de la Unión Europea. Además, según un estudio de la Oficina Nacional de Prospectiva y Estrategia, se reduciría el PIB y disminuiría nuestra renta disponible. Se debilitaría el mercado laboral y se deteriorarían los servicios públicos.

Por su parte, la sostenibilidad fiscal se vería comprometida porque subirían los gastos, debido fundamentalmente al envejecimiento de la población, y se reduciría la recaudación fiscal.

Desmontando los bulos, uno a uno

Con todos estos datos sobre la mesa, es necesario tumbar los principales bulos que desde la derecha y la extrema derecha han contribuido a esparcir sobre la regularización de migrantes:

  • “Efecto llamada”: Se dirige a personas que se encontraban en nuestro país antes de que se anunciara la regularización, no para nuevas llegadas.
  • “No se exigen antecedentes”: La ausencia de antecedentes penales y su debida acreditación ha sido siempre un requisito obligatorio, como lo es en otros trámites de extranjería.  
  • “Van a colapsar las oficinas como Correos o la Seguridad Social”: Se han habilitado horarios específicos y ampliados para no interceder con otros trámites. Además, la atención presencial solamente se hará mediante cita previa.
  • “Van a hacer un abuso de los servicios públicos”: Según los indicadores del Marco Estratégico de Ciudadanía e Inclusión contra el Racismo y la Xenofobia, la población extranjera hace un uso menor de los servicios sanitarios
  • “Han expulsado a los ucranianos del proceso”: En primer lugar, no son personas en situación irregular. Por otro lado, contarán con un procedimiento separado de la regularización para sus autorizaciones, por diferentes vías de presentación y sin plazo límite para sus solicitudes.
  • “Europa está en contra de este proceso”: La Unión Europea reconoce que cada Estado decide sobre las personas que ya están en su territorio. No está prohibido y se ha hecho en otros países. Es un proceso individual, como exige Europa.
  • “Encarecen el mercado de la vivienda”: No encarecen el mercado, son quienes más sufren el acceso a un mercado de la vivienda muy tensionado. El informe de seguimiento del Marco Estratégico señala que el 23% de las personas extranjeras no comunitarias vive en hogares sobreocupados, frente al 6% de los españoles.
  • “Es un coladero para que se vayan a otros países de la UE”: El permiso es exclusivamente para residir y trabajar en España. Son personas que viven en nuestro país y que apuestan por tener un proyecto de vida aquí.
  • “Esta regularización se tiene que hacer vía legislativa con su aprobación por parte del Congreso de los Diputados”: El Consejo de Estado ha avalado que la regularización se realice por la vía reglamentaria, por ser un texto normativo legal dentro de nuestro marco constitucional.

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