El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha avalado finalmente este jueves la ley de amnistía al considerar que la normativa no choca en ningún caso contra los intereses financieros de la UE ni es contraria a la directiva en materia de terrorismo. Los jueces de Luxemburgo confirman así la opinión que expresó el abogado general de la institución judicial el pasado mes de noviembre, quien a pesar de que la ley fue aprobada con condiciones muy concretas y sin consultar a la justicia europea, dio el visto bueno al grueso norma, incluyendo en lo referido a las dos cuestiones sobre las que el máximo órgano judicial europeo ha dictado hoy sentencia. 

Por lo tanto, como estaba previsto, el TJUE ha dado un paso crucial para la aplicación de la amnistía a Carles Puigdemont y al resto de los dirigentes del procés a los cuales el Tribunal Supremo (TS) ha decidido no amnistiar por el delito de malversación de fondos por "enriquecimiento personal". En el fallo que afecta al expresidente de la Generalitat, la corte de Luxemburgo no se ha referido a la cuestión del enriquecimiento, pero sí a la procedente del Tribunal de Cuentas sobre la utilización de fondos públicos para financiar el referéndum del 1 de octubre de 2017.

Según los magistrados europeos, la ley no va en contra de los intereses financieros de la UE debido a que "no ha podido ocasionar una reducción de los recursos propios de la Unión" y no es contraria al derecho comunitario. De esta manera, han avalado la aplicación de la amnistía, en lo referente a la malversación de fondos públicos, a la treintena de responsables del procés acusados por tal causa entre los cuales se encuentran también el expresidente de la Generalitat Artur Mas y el líder de ERC, Oriol Junqueras.

En el caso e los dirigentes que el TS se niega a amnistiar por considerar que se enriquecieron personalmente con los fondos malversados, como es el caso de Puigdemont, Junqueras o el secretario general de Junts, Jordi Turull, estos todavía se mantienen a la espera de la resolución del Tribunal Constitucional (TC) sobre los siete recursos de amparo. Se prevé que la respuesta por parte del Constitucional llegue en el mes de octubre ahora que el TJUE ya ha dictado una sentencia con la que fija un criterio. 

El tribunal presidido por Koen Leanerts remarca en la sentencia que tanto la aprobación como la aplicación de cualquier ley de amnistía es un asunto que compete a los Estados miembros y no a la Unión Europea. En esta línea, señala que el TJUE tan solo se limita a dictaminar si la norma se ajusta al derecho europeo, como este jueves ha hecho respecto tanto a la causa por malversación de fondos como a la referida a doce CDR acusados por la Audiencia Nacional de terrorismo.

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