El Consejo de Ministros ha detallado en la reunión de este martes nuevas normas para el Reglamento de Circulación y Vehículos, que entrarán en vigor el 2 de enero de 2021.

El Real Decreto concede un apartado especial para los patinetes eléctricos, definidos como vehículos de movilidad personal, dotados de una o más ruedas dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden proporcionar al vehículo una velocidad máxima comprendida entre 6 y 25 km/h.

Tendrán que cumplir las normas de circulación como el resto de vehículos (someterse a pruebas de alcoholemia, no utilizar auriculares, etc) y queda también vedada su circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas y autovías que transcurran dentro de poblado ni en túneles urbanos. Además, sus conductores deberán llevar consigo una documentación que acredite su circulación.

Los usuarios aseguran que se han "ignorado sus necesidades"

La Federación Española de Usuarios Vehículos de Movilidad Personal ha criticado que la regulación de los patinetes aprobada este martes por el Consejo de Ministros "se ha elaborado sin contar con los usuarios" e "ignorando las necesidades" que vienen reclamando "desde hace dos años en forma de alegaciones" a la que no se les ha dado respuesta.

"Esta reforma busca restringir en lugar de fomentar una alternativa de movilidad sostenible, en un momento donde son más necesarios que nunca. Es inconcebible que en lugar de una equiparación total a las bicicletas, se dicten restricciones que pretenden anular su potencial como alternativa al coche", ha señalado la entidad.

"La prohibición de circulación en vías interurbanas y travesías es desproporcionada y limita mucho el uso de estos vehículos fuera de los grandes núcleos urbanos, especialmente en la España vaciada, que es donde menos alternativas al coche privado existen", ha alertado la Federación.

Además, consideran "injustificada" la prohibición de la circulación por vías interurbanas (que también incluye vías ciclistas, vías verdes o carreteras rurales) ya que "no suponen un riesgo mayor para la seguridad vial que otros vehículos sí permitidos como las bicicletas (incluyendo niños), tractores, animales de carga, tiro o silla o incluso peatones".

Del mismo modo, tampoco creen que esté justificado prohibir la circulación de VMP en todos los túneles urbanos cuando "muchos de ellos están limitados a 30 km/h o incluyen vías ciclistas". "Pensamos que esto debe analizarse caso por caso mediante señalización específica", han subrayado.

"Consideramos que la limitación de velocidad en las vías urbanas es insuficiente para la reducción de los accidentes, ya que no se abordan las vías de varios carriles por sentido que es donde mayor número de accidentes ocurren. En estas vías, tal y como recomienda la Federación de Municipios y Provincias (FEMP), se debe reducir a 30 km/h en el carril más próximo a la acera", concluye el comunicado de la Federación.

La Federación Española de Usuarios Vehículos de Movilidad Personal está integrada por las Asociaciones de Usuarios de Vehículos de Movilidad Personal de Albacete, Asturias, Cádiz, Canarias, Cataluña, Coruña, Cuenca, Extremadura, Granada, Guadalajara, Huelva, León, Lérida, Madrid, Málaga, Murcia, Navarra, Sevilla, Comunidad Valenciana y Vitoria.