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El Pleno de la Corte de Garantías del Tribunal Constitucional (TC) decidió este miércoles rechazar el recurso presentado por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, para facilitar el camino de la aplicación de la conocida como 'Ley de Nietos'. Esta normativa, entre otras cosas, pretende otorgar derechos electorales a españoles nacionalizados por ser familiares del exilio durante y tras la Guerra Civil Española en el marco de los procedimientos de memoria democrática puestos en marcha por el Ejecutivo. El Tribunal Supremo, no obstante, aplicó medidas cautelares sobre la misma para que no saliera adelante ante posibles alteraciones del censo electoral, teniendo en cuenta el elevado volumen de casos (más de 163.000) que había que atender con un proceso electoral, el del 29 de noviembre, muy cercano en el tiempo. Ahora, con el veto del Supremo y el rechazo del Constitucional al recurso del Defensor del Pueblo, los afectados han quedado en un limbo judicial que plantea diferentes preguntas.
A juicio del organismo dirigido por Gabilondo, el fallo del Alto Tribunal vulneraba los derechos de igualdad, participación en asuntos públicos y tutela judicial efectiva, y su recurso motivaba a "conseguir el restablecimiento del derecho fundamental al sufragio activo, al voto, de algo más de 160.000 ciudadanos españoles mediante la estimación del amparo (...) sin limitaciones no previstas en la normativa electoral". La petición ha sido desestimada por el Constitucional y los propios afectados han decidido presentar nuevas alegaciones para resolver su situación.
Alegaciones de los afectados
Este jueves, tres personas afectadas por este veto presentaron alegaciones ante el Supremo a través del despacho de abogados que lidera el exjuez Baltasar Garzón, subrayando la vulneración del derecho de sufragio activo no solo de estas tres víctimas, sino de "miles de personas más, con motivo de la decisión cautelar de imposibilitar el ejercicio del derecho de participación política”.
En el escrito elaborado por el despacho ILOCAD, solicitan el acceso completo al procedimiento y el reconocimiento de los afectados como parte del mismo. En este sentido, la defensa añade que "el derecho de sufragio activo, hoy en día y en nuestro sistema jurídico, no se puede suspender", y pone de relieve que la decisión del Alto Tribunal afecta a "miles de personas más". Además, sostiene que el Supremo ha vulnerado también el principio de igualdad, "puesto que adopta la medida cautelar de imposibilidad de ejercicio del derecho de sufragio activo tan sólo respecto de los nacionales españoles inscritos en el CERA" que no demuestren que son descendientes de exiliados, en referencia al Censo Electoral de Residentes Ausentes.
Sin embargo, en este escrito señalan que no lo hace sobre "aquellos que, habiendo adquirido la nacionalidad española por opción vía disposición adicional octava de la Ley de Memoria Democrática, se inscribieron en su día en el CERA y en la actualidad no lo están, o también respecto de aquellos que adquirieron la nacionalidad por opción, por esta vía, y fueron inscritos en el censo de residentes en España". "No existe ninguna norma legal, ni constitucional, en nuestro ordenamiento jurídico, que habilite a un órgano jurisdiccional, por la vía cautelar, contencioso-administrativa, a suprimir los efectos de un derecho fundamental (en este caso, a suspender de facto el ejercicio del derecho de sufragio activo)", agrega la defensa en el escrito.
La presidencia del Constitucional se pronuncia
Por su parte, el presidente del Constitucional, Cándido Conde-Pumpido, se ha posicionado a favor de inadmitir el recurso al entender que el procedimiento continúa en manos de la Sala Tercera del Supremo. Según esta interpretación, corresponde a la jurisdicción ordinaria y, en su caso, a la administración electoral resolver la controversia mientras no se agoten las vías judiciales disponibles. El objetivo de los magistrados, según fuentes citadas por El Mundo, sería alcanzar una mayoría suficientemente amplia.
La división de criterios ya se habría evidenciado en la reunión de la Sección Cuarta celebrada el lunes. Enrique Arnaldo, magistrado conservador y ponente del asunto, defiende la inadmisión, mientras que Ramón Sáez, del sector progresista, se inclina por admitir el recurso y suspender cautelarmente la decisión del Supremo. María Luisa Balaguer, también progresista, planteó que fuera el Pleno quien valorase las consecuencias de ambas alternativas para las elecciones.
Gobierno y oposición, con diferentes puntos de vista
La decisión del Constitucional ha arrojado a un escenario también de división en el Gobierno y los partidos de la oposición. Por un lado, fuentes de Moncloa expresaron su “respeto” por la postura judicial, aunque confían en que la “decisión definitiva” sobre el conjunto del caso abra la puerta a la participación de los votantes afectados en la cita en las urnas.
"El Gobierno respeta la decisión del Tribunal Constitucional sobre el recurso de amparo presentado por el Defensor del Pueblo, considerando que la vía judicial previa no está agotada ante el Tribunal Supremo", desgranaron las fuentes, agregando que la decisión del órgano de garantías se limitó “a motivos procedimentales y no aborda el fondo de la cuestión", al igual que el Alto Tribunal en su momento. Bajo esta premisa, continúan esperanzados porque, finalmente, se constate que "no se puede suspender masivamente el derecho de voto con una medida cautelar" a más de 163.000 nacionalizados españoles, con más razón al no haber una sentencia firme.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, a cargo de José Manuel Albares, ya son 48 las oficinas consulares de todo el mundo que ya han completado total o parcialmente los procesos de verificación de quiénes de los nacionalizados son familiares y descendientes de exiliados durante la Guerra Civil y el Franquismo. Para realizar estas labores, se creó una plataforma diplomática para volcar los datos a la Oficina del Censo Electoral de los nacionalizados antes de 2025, cuando comenzó a funcionar el DICIREG (Registro Civil Digital) y, desde entonces, ya son unas 70.000 personas inscritas.
En el lado contrario, desde Génova abogan por remitirse al fallo del Supremo de mantener paralizada la ley de nietos y no brindar el derecho a voto a los nacionalizados para las próximas elecciones. La vicesecretaria de Coordinación Sectorial del Partido Popular, Alma Ezcurra, denunció como “maniobra insólita” la conducida por el Defensor del Pueblo, al tiempo que garantizó que su partido se personará en los tribunales “para defender un censo íntegro como garantía electoral” porque “la nacionalidad española no se regala”, e instando al Ejecutivo central a cumplir con lo dictado por el Supremo.
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