Una trabajadora de Málaga de la aerolínea Ryanair ha denunciado a la aerolínea ante la Inspección de Trabajo por haberle negado disponer de permiso para quedarse en casa cuidando de sus hijas pequeñas, de tres y cinco años, el día en que prácticamente todos los colegios de Andalucía cerraron por la llegada de la borrasca Leonardo. La mujer, madre soltera, considera que su ausencia estaba plenamente justificada por causa de fuerza mayor y por motivos de conciliación familiar.

Según ha dado a conocer elDiario.es, los hechos se remontan al 4 de febrero, jornada en la que la situación meteorológica obligó a suspender la actividad lectiva presencial en numerosos centros educativos. Ante la previsión del cierre, la trabajadora avisó el día anterior a la compañía de que no podría acudir a su puesto porque debía atender a sus hijas. Primero solicitó un permiso retribuido, apoyándose en el Estatuto de los Trabajadores y en la normativa europea sobre conciliación, que contempla la ausencia por motivos familiares urgentes e inesperados. No obstante, ante la negativa de la empresa, propuso como alternativa que esta jornada se le descontara como día libre sin sueldo, posibilidad que tampoco se le concedió.

El diario digital explica que, en el relato recogido en la denuncia, la responsable de recursos humanos sostuvo que el cuidado de los hijos no era un problema empresarial y llegó a responderle: “Elegiste trabajar en el sector de la aviación”. A ello añadió que no existían restricciones oficiales de movilidad, por lo que el cierre del colegio no justificaba la ausencia.

El sindicato USO, que asesora a la trabajadora, considera que la negativa vulnera derechos básicos. Sostiene que las niñas, por su corta edad, no son autónomas y que no existía alternativa razonable para su cuidado, por lo que sancionar la falta al puesto de trabajo sería discriminatorio, especialmente por razón de género. Además, recuerda que la normativa europea de conciliación permite ausentarse del trabajo en situaciones de urgencia familiar. En la denuncia que ha desvelado elDiario.es se subraya que, además del descuento salarial, la empresa podría imponer medidas disciplinarias.

La aerolínea calificó la ausencia como “no show”, una falta grave que puede conllevar amonestación escrita o suspensión de empleo y sueldo de hasta tres días. En una reunión, la empresa insistió en que el hecho de tener hijos no justificaba la solicitud y reprochó a la trabajadora no haber atendido una llamada telefónica que, según la compañía, pretendía ofrecerle una solución. La afectada sostiene que en ese momento estaba atendiendo a las niñas y que, si realmente existía una alternativa, podría haberse comunicado el mensaje en las comunicaciones previas en los que la empresa había rechazado cualquier permiso.

El mencionado intercambio de mensajes comenzó, como explica el diario digital, el día anterior al temporal. La mujer solicitó formalmente la ausencia tras recibir comunicaciones del colegio y avisos oficiales que anticipaban la suspensión de clases. Alegó tanto la imposibilidad de desplazamiento recomendada por las autoridades como la causa de fuerza mayor derivada del cuidado de familiares. La respuesta empresarial fue reiterar que la situación no cumplía los requisitos del permiso retribuido y que el cierre escolar no justificaba faltar al trabajo.

El sindicato afirma que no se trata de un caso aislado, ese mismo día se registraron al menos otros dos episodios similares en Málaga. En uno de ellos, el patrón fue prácticamente idéntico: la trabajadora explicó que debía cuidar a sus hijos pequeños y la empresa insistió en que no tenía autorización para ausentarse.

Finalmente, la empleada permaneció en casa cuidando de sus hijas. Posteriormente, volvió a solicitar que se le imputara la jornada como día libre, una solución que, según indica, se había aplicado en otras ocasiones a otras madres. La compañía mantuvo su postura y confirmó la falta injustificada.

El conflicto ha desembocado en una denuncia ante la Inspección de Trabajo, donde se analiza si la actuación empresarial vulneró el derecho a la conciliación, la igualdad de trato o la normativa laboral vigente en situaciones de emergencia familiar. El sindicato incluso estudia posibles acciones adicionales por trato denigrante tras la reunión mantenida con la empresa.

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