La resolución de la Audiencia ha anulado el auto de apertura de juicio oral y sostiene que este se decretó antes de conocer el resultado de otro recurso, presentado por Fabra, informa El País.

Descarta el delito de cohecho
La Sección Primera de la Audiencia considera ahora que la decisión de abrir juicio no se ajusta a las últimas decisiones de la propia Audiencia porque  descarta el delito de cohecho de entre las acusaciones contra Fabra. Ante esta circunstancia, los delitos por los que podría ser condenado (tráfico de influencia y los cuatro dellitos fiscales) no conllevan la suficiente pena para que el caso fuera juzgado en la Audiencia.

La mediación de Fabra ante Agricultura y Sanidad
La Audiencia tumba la acusación contra Fabra por haber supuestamente mediado ante los ministerios de Agricultura y de Sanidad para agilizar autorizaciones y haber cobrado a un empresario por esa mediación. El auto indica que esas supuestas gestiones “nada tienen que ver con su cargo” de presidente de la Diputación de Castellón, que ocupaba entonces.

El amigo que se volvió enemigo
La primera demanda contra el dirigente del PP fue presentada en el Juzgado de Nules en diciembre de 2003 por un empresario de Castellón y hasta entonces amigo íntimo de Carlos Fabra, que le acusó de cobrarle cantidades millonarias a cambio de su mediación ante los ministerios para legalizar los fitosanitarios que fabricaba.

Denuncias contra Fabra
En junio de 2005, Hacienda presenta una denuncia contra Fabra por un presunto delito fiscal cometido en 1999. El Juzgado de Instrucción 1 de Nules admite a trámite la denuncia. En septiembre, el Juzgado 2 de Nules abre otras diligencias de investigación a raíz de otra denuncia Un mes después extiende la investigación a las cuentas bancarias y al patrimonio del político popular.