Leer esta noticia (https://www.elplural.com/sociedad/la-justicia-no-ve-animo-de-matar-en-apunalar-tres-veces-a-una-mujer_221115102) y tenerla que leer de nuevo. Eso me ha sucedido hoy. No doy crédito.

Una orden de alejamiento e incomunicación por una denuncia que la mujer ya había puesto. Una relación terminada. Y un cuchillo.

Él se abalanza sobre ella, tapándole la boca mientras le exige que vuelvan juntos. El forcejeo. Las tres puñaladas: una en cada pecho y otra en el costado.

Y los jueces determinan que no hay intención de matarla. Que son lesiones. Que no valoran la acusación de los maltratos previos. Ni siquiera tienen en cuenta que alguien lleve un cuchillo en la calle. El acusado dice que el cuchillo lo llevaba ella. Un detalle que sería importante poder conocer en profundidad, pues la sentencia es tan sorprendente que, a no ser que nos falten datos y en realidad fuera todo al revés de cómo parece (a veces pasa).

La condena a cuatro años por lesiones, ya que según la sentencia, el agresor no pretendía clavar el cuchillo en ningún órgano vital, es, con la información que conocemos, escandalosa. Es cierto que habría que contar con la intención de matar para juzgar a alguien por un asesinato en tentativa. Y si el cuchillo lo llevaba él, es un dato a tener muy en cuenta.

Según leemos, las puñaladas se dieron en cada pecho: ¿acaso no hay órganos vitales en esa zona? ¿Estaba pensando el agresor dónde clavaba y hasta donde? Cuesta pensar que no estuviera más bien en la intención de que pasase “cualquier cosa”, lo que en derecho penal viene siendo un dolo eventual como una casa. Lo que viene a parecer que si la matas, bien; si la lesionas, también. El caso es hacer daño, porque te rechaza y no es “tuya”.

Minusvalorar estas situaciones, contemplando únicamente el resultado producido es querer pasar de puntillas por un problema profundo y serio: aquello de “la maté (pegué, violé, grité, humillé) porque era mía”. Una puñalada es una puñalada, por supuesto. Pero si te la da alguien cercano es todavía peor. Por eso las relaciones de parentesco se tienen en cuenta en la comisión de delitos: porque es importante.

Redactar sentencias como quien hace sudokus es peligroso. Se juzgan comportamientos, falta de valores y además se busca también cumplir una función social. ¿Qué pretende esta sentencia aportar al colectivo social? ¿Cuál es el mensaje?

Prefiero no escribirlo pero seguramente lleguemos a una conclusión muy parecida. Sin el compromiso de todos por acabar con esta barbarie, no saldremos de esta. Ni las mujeres ni cualquiera que pretenda que nos tratemos como humanos. 

Estas sentencias también se clavan en la lucha colectiva. Metafóricamente suponen un desgarro para el trabajo realizado. Y no hablamos de penas, sino de calificación de la conducta: porque efectivamente puede que una lesión conlleve más pena que un homicidio en algún caso, pero si no llamamos las cosas por su nombre, estaremos también matando a las palabras. Y por desgracia, es de lo poco que de momento podemos servirnos para denunciar y pedir acciones contundentes.