El primer pago es el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, que debe abonarse en la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma del comprador. Para ello, se ha de rellenar el modelo 620 y aportar el original y una fotocopia del contrato de compraventa -puedes descargarte un modelo de contrato en PDF aquí-, el DNI del comprador, ficha técnica del vehículo y permiso de circulación.

El coste de este Impuesto se calcula siempre a partir de la tasación del vehículo, según el modelo y su antigüedad, que efectúa Hacienda en función de sus tablas de precios. Eso sí, dependiendo de la CC.AA. en la que se realice el abono de este Impuesto su importe puede variar. ¿El motivo? Aunque la cuantía general del Impuesto es del 4% sobre el valor del vehículo según las tablas, en CC.AA. como Castilla-La Mancha se aplica el 6%, y en Galicia, el 8%.

Una vez el comprador abone este Impuesto, y con el justificante correspondiente, debe acudir a Tráfico -es necesario que solicite cita previa, puede hacerlo a través del teléfono 060 o en www.dgt.es- para realizar la transferencia de titularidad del vehículo. Para ello, debe aportar, además del justificante de pago del Impuesto de Transmisiones, fotocopia del DNI del comprador y del vendedor, original y fotocopia del permiso de circulación y de la ficha técnica del vehículo, y original y fotocopia del contrato de compraventa. Este trámite se realiza en el momento y tiene un coste de 54€ -correspondiente a 2018-; de esta forma, el comprador ya tendrá la documentación del vehículo a su nombre.

Una segunda posibilidad es que comprador y vendedor acuerden realizar estos trámites a través de una gestoría -deberán aportar toda la documentación citada anteriormente-, que les cobrará en torno a 150 o 160€ -los gastos tradicionalmente los abona el comprador, a no ser que las partes acuerden algo distinto-... más el coste del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales de ese vehículo. La gestoría tardará de dos a tres días en realizar los trámites y, hasta que Tráfico emita el nuevo permiso de circulación a nombre del comprador, le facilitará a este un justificante que le permitirá circular legalmente durante 30 días; este plazo puede ampliarse si la tramitación sufre algún retraso.