La pandemia del coronavirus ha cambiado nuestra forma de vida en muchos aspectos, también en el profesional. El teletrabajo ha llegado -en muchas empresas casi para quedarse- y son muchos los trabajadores que lo aplauden, ya que realizar la actividad cotidiana desde casa les dota de una mayor libertad, les evita madrugar, etc. 

Sin embargo, no todo está permitido en el teletrabajo. Acciones cotidianas como ir al baño, levantarse a por un café o fumarse un cigarro han dado pie a malentendidos entre el trabajador y la empresa en los que, en ocasiones, ha tenido que intervenir la Justicia.

Acciones que se pueden hacer teletrabajando

Hay algunos asuntos que pueden despistar a los jefes, ya que provocan que el empleado pase algo de tiempo sin utilizar el ordenador. Dentro de estos ejemplos se recogen acciones como estirar las piernas, levantarse a tomar un café o el acto de ir al baño. Sobre este último tuvo que intervenir la Audiencia Nacional, tal y como recoge El País, después de que una empresa quisiera despedir a una de sus trabajadoras en 2018 acusada de pasar demasiado tiempo en el baño de la oficina. 

La Justicia tuvo que aclarar en mayo de este año que el hecho de ir al servicio no se corresponde con un acto de pérdida de tiempo, sino una necesidad básica cuyos minutos, en ningún caso deben ser recuperablen.

Los jueces también amparan el tiempo ocupado en gestiones de índole privado, como acudir al banco o a Correos y, por supuesto, al médico. Igualmente, otro ejemplo de pausa no recuperable es aquella que provoca la caída de la red wifi. Asimismo, hay acciones que depende de los parámetros marcados en la oficina. Es decir, si la empresa permite dentro de sus instalaciones tres pausas para tomar un café y una para salir a fumar -por poner un ejemplo-, también debe permitirlo en el teletrabajo.

 También hay otras pautas que se encuentran blindadas por ley como las que conciernen a trabajadoras que se encuentran en proceso de lactancia o la hora de la que disponen los padres para cuidar de los niños menores de nueve meses.

Acciones que permiten el despido

Esto no significa que todo valga en el trabajo. Pues si bien este método permite -por lo general- una mayor flexibilidad en el ámbito laboral, no deja de ser trabajo. Por ello, hay pausas en el tiempo que no se pueden justificar.

A partir de ellas las empresas pueden proceder al despido limitado, siempre que se cumplan tres requisitos: que sea un caso extremo, que las faltas se repitan en el tiempo y que las ausencias sean sorpresivas.