Tras más de siete años de espera, el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Granada ha dictado una sentencia en la que reduce en un 85% la indemnización que la Sociedad Agraria de Transformación Ganadera San Antón reclamaba a cuatro empresas lácteas por los daños causados por presuntas prácticas ilegales al pactar los precios de la leche, en lo que se conoce como ‘cártel de la leche’.

San Antón reclamaba a Puleva, Central Lechera Asturiana, Central Lechera de Galicia y Schreiber Foods trece millones de euros, de los que 10,8 millones eran por lucro cesante y daños emergentes. Finalmente, la sentencia concede una indemnización por daños por un total de 2.011.234 euros, de los que 158.578 euros son en concepto de honorarios para los abogados, tal y como ha recogido el portal Servimedia.

Según fuentes jurídicas, el contenido de esta primera sentencia es muy relevante y puede marcar la pauta para las decenas de demandas que hay en diferentes juzgados mercantiles por esta causa. Destaca la drástica reducción del total de la indemnización solicitada, lo que puede suponer que el tribunal sólo reconoce un infraprecio recibido por los ganaderos por parte de la industria del 2%, muy por debajo de los estándares habituales en España y a nivel internacional para hablar de perjuicios por cártel.

La sentencia señala importantes deficiencias en los informes periciales en los que Ganadera San Antón justifica el lucro cesante y otros daños, y asume parte de las alegaciones y conclusiones de los informes periciales de las empresas demandadas. Estre ellas, la determinación de los costes de producción, la elección de los mercados comparables con España y la exclusión de periodos temporales prolongados del cómputo en el que los precios pagados a los ganaderos españoles eran superiores a los pagados en otros países.

Asimismo, la sentencia también rechaza el pago de intereses por demora y absuelve a una de las compañías demandadas, Schreiber Foods, sobre la que se dicta que no ha causado daño alguno a San Antón.

Esta primera sentencia puede ser todavía objeto de recurso ante la Audiencia Provincial, y posteriormente, ante el Tribunal Supremo, lo que alargara el posible cobro varios años más. Además, al estar recurrida la sanción de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia contra la industria láctea en la Audiencia Nacional, es muy posible, según fuentes jurídicas, que la aplicación quede en suspenso hasta que resuelva el órgano nacional.