La prórroga de los ERTE hasta el 30 de septiembre se aprobará hoy en un Consejo de Ministros Extraordinario tras alcanzar el acuerdo in extremis entre la patronal y el Gobierno. En concreto, con la propuesta del ministro de Seguridad Social, Inclusión y Migraciones, José Luis Escrivá. Tras varias semanas de negociaciones que han enfrentado al Gobierno con sindicatos y patronal, finalmente la prórroga se aprobará con el consenso social.

El acuerdo ha llegado en la tarde de este miércoles, con el sí de CEOE tan solo unos días antes del 31 de mayo, día en el que termina la prórroga actual. Tras el visto bueno de la patronal, no tardó en llegar la aprobación por parte de los sindicatos, que ratificaron el acuerdo en sus comisiones ejecutivas en la misma tarde. Así, los ERTE ampliarán su vigencia hasta el próximo 30 de septiembre, en aras de proteger el empleo y el tejido productivo. 

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El principal escollo de la negociación ha estado marcado por las exoneraciones de las cotizaciones a la Seguridad Social de las empresas. Por un lado, Escrivá era partidario de modificarlas para incentivar la reincorporación de trabajadores a su actividad productiva, bonificando estas cotizaciones.

La propuesta no gustaba a sindicatos y patronal, que mantenían que había que ayudar especialmente a aquellos que todavía no pueden reincorporar a sus trabajadores, en la misma línea de lo planteado por el Ministerio de Trabajo y Economía Social y Yolanda Díaz. 

Propuesta final a medio camino

Tras semanas de duras negociaciones, las partes han solventado finalmente sus diferencias y han llegado a un acuerdo que queda a medio camino entre ambas posiciones. Así, las exoneraciones serán diferentes para los sectores ultraprotegidos en función de su nivel de reactivación.

La propuesta final incluye exoneraciones mayores para los trabajadores que se reincorporen a la actividad, la postura de Escrivá, con un 95% para las empresas con menos de 50 trabajadores y del 85% para aquellas con más de 50 trabajadores durante los meses de verano; es decir, de julio a septiembre, precisamente lo que dura la prórroga que aprobará en unas horas el Consejo de Ministros extraordinario.

Por otro lado, se beneficiarán de exoneraciones en las cotizaciones para los trabajadores que mantengan en ERTE del 85% en junio, julio y agosto y del 70% en septiembre, para empresas con menos de 50 trabajadores, y del 75% en junio, julio y agosto y del 60% en septiembre para las empresas con más de 50 de trabajadores.

Exoneraciones en las cotizaciones de la Seguridad Social para los sectores ultraprotegidos

  Menos de 50 trabajadores Más de 50 trabajadores
Trabajadores reincorporados 95%  85%
Trabajadores en ERTE

Junio-agosto: 85%

Septiembre: 70%

Junio-agosto: 75%

Septiembre: 60%

El acuerdo también supone cambios en las exoneraciones en los ERTE de limitación e impedimento de la actividad por causas relacionadas con el Covid-19. Así, para las empresas de menos de 50 trabajadores, la exoneración de cuotas por ERTE de limitación será del 85% en junio y julio y del 75% en agosto y septiembre. En caso de que la empresa tenga más de 50 trabajadores, la exención será del 75% en junio y julio y del 65% en agosto y septiembre.

Para los ERTE por impedimento por medidas administrativas, las empresas podrán disfrutar de una exoneración en sus cotizaciones durante el periodo de cierre y hasta el 30 de septiembre, con un 100% de la aportación empresarial si su plantilla es menor de 50 trabajadores y del 90% si cuenta con un número mayor de empleados.

Sectores ultraprotegidos o beneficiarios

El acuerdo para la nueva prórroga de los ERTE incluye también tres nuevos sectores protegidos: la confección de otras prendas de vestir y accesorios; el comercio al por mayor de café, té cacao y especias y las actividades de fotografía.

A cambio, salen de las actividades protegidas las artes gráficas y los servicios relacionados; la fabricación de instrumentos de óptica y equipo fotográfico; el comercio al por menor de ordenadores; equipos periféricos y programas informáticos en establecimientos especializados; transporte espacial y alquiler de medios de navegación.

Con este acuerdo, la lista queda actualizada de la siguiente forma, con sus correspondientes códigos CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas):

  • 710        Extracción de minerales de hierro
  • 1419      Confección de otras prendas de vestir y accesorios
  • 1812      Otras actividades de impresión y artes gráficas
  • 1820      Reproducción de soportes grabados
  • 2051      Fabricación de explosivos
  • 2441      Producción de metales preciosos
  • 3212      Fabricación de artículos de joyería y artículos similares
  • 3213      Fabricación de artículos de bisutería y artículos similares
  • 3316      Reparación y mantenimiento aeronáutico y espacial
  • 4624      Comercio al por mayor de cueros y pieles
  • 4634      Comercio al por mayor de bebidas
  • 4637      Comercio al por mayor de café, té, cacao y especias
  • 4932      Transporte por taxi
  • 4939      tipos de transporte terrestre de pasajeros n.c.o.p.
  • 5010      Transporte marítimo de pasajeros (2)
  • 5030      Transporte de pasajeros por vías navegables interiores (2)
  • 5110      Transporte aéreo de pasajeros
  • 5223      Actividades anexas al transporte aéreo
  • 5510      Hoteles y alojamientos similares
  • 5520      Alojamientos turísticos y otros alojamientos de corta estancia
  • 5530      Campings y aparcamientos para caravanas
  • 5590      Otros alojamientos
  • 5610      Restaurantes y puestos de comidas
  • 5630      Establecimientos de bebidas
  • 5813      Edición de periódicos
  • 5914      Actividades de exhibición cinematográfica
  • 7420      Actividades de fotografía
  • 7711      Alquiler de automóviles y vehículos de motor ligeros
  • 7722      Alquiler de cintas de vídeo y discos
  • 7729      Alquiler de otros efectos personales y artículos de uso doméstico
  • 7735      Alquiler de medios de transporte aéreo
  • 7911      Actividades de las agencias de viajes
  • 7912      Actividades de los operadores turísticos
  • 7990      Otros servicios de reservas y actividades relacionadas con los mismos
  • 8219      Actividades de fotocopiado, preparación de documentos y otras actividades especializadas de oficina
  • 8230      Organización de convenciones y ferias de muestras
  • 9001      Artes escénicas
  • 9002      Actividades auxiliares a las artes escénicas
  • 9004      Gestión de salas de espectáculos
  • 9104      Actividades de los jardines botánicos, parques zoológicos y reservas naturales
  • 9200      Actividades de juegos de azar y apuestas
  • 9321      Actividades de los parques de atracciones y los parques temáticos
  • 9329      Otras actividades recreativas y de entretenimiento
  • 9601      Lavado y limpieza de prendas textiles y de piel
  • 9604      Actividades de mantenimiento físico

La lista de sectores protegidos cuenta con empresas pertenecientes a subsectores que hayan recuperado menos del 75% de su actividad y tengan más de un 15% de empleados en ERTE entre abril de 2020 y mayo de 2021, según la última propuesta. 

Este era el principal escollo de la negociación tripartita pero también ha causado problemas la prohibición de despedir para aquellas empresas que se hayan acogido a un ERTE. En este caso, el acuerdo final incluye el compromiso de mantenimiento del empleo en las condiciones actuales, así como la interrupción de contratos temporales, las horas extraordinarias, la externalización de la actividad y el reparto de dividendos.

Según las últimas cifras desveladas por el ministro de Seguridad Social, aún quedan alrededor de 558.000 trabajadores en ERTE. Del total, 137.000 se encuentran bajo la modalidad de limitación, 16.300 en ERTE por impedimento y 233.000 pertenecen a los sectores ultraprotegidos.