A penas han transcurrido tres días desde la aprobación del anteproyecto de Ley de Función Pública y el texto ya está levantando ampollas entre sindicatos y funcionarios. Entre otras cosas, la nueva norma desarrolla el Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), aprobado desde 2007, y la evaluación del desempeño que en este se contempla. En este sentido la polémica está servida, ya que, el anteproyecto refleja aspectos aún por definir que podrían perjudicar a los trabajadores. “No es verdad que se facilite el despido de los funcionarios”, tranquiliza Elisa Fernández, secretaria general del Sector de la Administración del Estado de CCOO consultada por ElPlural.com.

No obstante, sí afea que la propuesta del Ministerio de Hacienda perpetúe “el cliché de que los funcionarios son unos vagos”. La medición de la productividad, ahora denominada evaluación del desempeño, se realiza desde hace mucho tiempo en la Administración; sin embargo, la modificación propuesta trae aparejada unas consecuencias perjudiciales para los funcionarios. Si bien desde los sindicatos ven con buenos ojos que esta evaluación pueda conllevar complementos o pluses para los trabajadores, no pueden estar a favor de que afecte a los concursos para la movilidad o la promoción intrerna al considerarlo un castigo que “no tiene en cuenta las condiciones técnicas ni de personal”.

Es más, transmiten que esta medición de objetivos es “a dedo y jerárquica”, con un tinte clasista, puesto que no existes parámetros ni comités que realicen esta evaluación, sino que se deja en manos de jefes o cargos superiores que pueden realizar análisis subjetivos. Y a ellos, que también son funcionarios, “¿quién los evalúa?”, lamenta la representante de CCOO. “Tiene que ir de lo colectivo a lo individual, teniendo en cuenta las condiciones técnicas y de personal. Se debe plantear en positivo, no a modo sancionador”, exigen.

Además, recuerdan que ya existen trámites disciplinarios a través de los que, vía expediente, se puede sancionar a un funcionario, lo que ya afecta a las peticiones de movilidad y los complementos, llegando al punto de poder perder su puesto. En este sentido, CCOO llama a reforzar las plantillas públicas, muchas de ellas sujetas a una presión y una carga de trabajo insostenible, y mejorar los servicios técnicos, algunos del siglo pasado, en vez de “poner el foco de nuevo en el trabajador para culparle de los problemas”. La demanda es clara: no asociar la productividad, muy condicionada por factores ajenos al trabajador, a la individualidad de los funcionarios y con el castigo como consecuencia.

Hacienda pide tranquilidad: se concretará y dialogará con los sindicatos

Este periódico se ha puesto en contacto con el Ministerio de Hacienda y Función Pública, que asegura que esta modificación "en ningún caso implica que se pierda la condición de funcionario [...] Para nada habrá despidos". Desde la cartera dirigida por María Jesus Montero trasladan tranquilidad y señalan que "lo concreto se tiene que desarrollar en el reglamento y en la negociación con los sindicatos". "Se trata de una ley que va en primera vuelta y será fruto de negociación con sindicatos", añaden. Eso sí, trasladan que el EBEP ya incorpora la evaluación por desempeño y "algunas CCAA como Galicia, Extremadura, Comunidad Valenciana o Castilla-La Mancha ya lo han desarrollado".

No obstante, aún queda mucho por aclarar y trabajar sobre lo que todavía es un anteproyecto de ley aprobado en primera vuelta y para el que, según confirma CCOO, no se ha contado todavía con los agentes sociales, paso que Hacienda tiene previsto iniciar ahora. En este trámite se aclararán, aseguran, cuáles serán los criterios de medición de la productividad, para evitar que sean subjetivos; quiénes serán los encargados de desarrollar esta tarea, para evitar implicación personal; y cuáles serán las consecuencias en el caso de que el resultado no sea óptimo. En definitiva, esclarecer el párrafo de la ley que más polémica está suscitando:

“La continuidad del personal funcionario de carrera en los puestos de trabajo obtenidos por concurso quedará vinculada al resultado de la evaluación de su desempeño pudiendo ser removido en todo caso por falta de capacidad para su desempeño manifestada por un cumplimiento inadecuado de las tareas atribuidas, un insuficiente rendimiento, o una falta de adaptación a las tareas del puesto de trabajo que no pueda ser suplida con acciones formativas”.