Esta semana ha sido especialmente intensa en el sector de la banca española. ¿El motivo? Los repetidos intentos de BBVA de hacerse con el Banco Sabadell. A pesar de que la respuesta a los intentos de fusión ha sido negativa por parte de la entidad catalana, la entidad presidida por Carlos Torres no ha aceptado un 'no' por respuesta y ha desestabilizado aún más el tablero este jueves lanzado una Oferta Pública de Adquisición (OPA) hostil sobre el total de acciones del banco catalán. Un movimiento que se dejaba entrever al calor del contexto, pero que no ha gustado al Gobierno. Y es precisamente el Ejecutivo quien tiene potestad para evitar un movimiento como este, apoyándose en la Ley de Supervisión Bancaria, elaborada y aprobada en 2014, con Luis de Guindos al frente del Ministerio de Economía.

La vicepresidenta segunda del Gobierno y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, ha calificado la OPA hostil de BBVA como una "operación contraria a los intereses de España" y ha avisado que pondrán en marcha esta ley para evitar que llegue a buen puerto. "Destruiría mucho empleo, provocaría exclusión financiera y más oligopolio", ha expuesto Díaz en sus redes sociales. En el mismo sentido, la vicepresidenta segunda ha explicado que esta operación supondría "liquidar al Sabadell en beneficio sólo de los fondos de inversión extranjeros que son propietarios del BBVA".


"Esta OPA empeorará el servicio bancario para los clientes y aumentará el riesgo para el contribuyente, pues la entidad resultante será demasiado grande para dejarla caer", ha argumentado por su parte Carlos Martín, portavoz económico de Sumar en el Congreso, en la misma red social.

La Ley de Supervisión Bancaria como barrera

Díaz ha explicado que la Ley de Ordenación y Supervisión Bancaria, en su disposición adicional decimosegunda, "explica justamente que es el Gobierno de España el que tiene que autorizar todo este tipo de operaciones". En la misma línea, ha asegurado que hace unos días le envió una carta al ministro de Economía, Carlos Cuerpo, instándole a frenar la operación. "Esta operación restringe la competencia, es de altísimo riesgo por el elevado grado de concentración bancaria que hay en nuestro país y además va a tener impacto en el empleo y singularmente en la exclusión financiera", ha argumentado Díaz. "Además, esta OPA tiene que ver con la soberanía nacional, ya que estamos hablando de grandísimos fondos de inversión que se van a apoderar de parte de la banca española", ha añadido.

"La banca española se está beneficiando como nunca de la subida de los tipos de interés en el conjunto de Europa. Y, sin embargo, la banca española no está retribuyendo los depósitos bancarios de los españoles al mismo ritmo que está cobrando los intereses. Y esto es el siguiente paso que ha de dar también la banca española, que es la que menos retribuye también del conjunto de Europa", ha subrayado, al tiempo que ha mostrado su preocupación por las posibles consecuencias de una operación como esa.

"El Banco Sabadell opera fundamentalmente en un territorio que está pegado, que tiene clientes y que despliega toda su actuación con las empresas y con sus usuarios fundamentalmente en Cataluña. Creo que también tenemos que tenerlo presente", ha concluido.

¿Qué es una OPA?

OPA es el acrónimo de Oferta Pública de Adquisición. Se refiere a la operación mediante la cual una o varias personas físicas o sociedades ofrecen a todos los accionistas de una compañía la compra de la totalidad de sus acciones o de otros valores que permitan hacerse con ellas. 

Según explica la Oficina de Atención al Inversor de la CNMV, el precio por el que se adquieren estas acciones suele ser en efectivo, aunque puede ser también en acciones o en ambas a la vez. Existen varios tipos:

  • OPA obligatoria: se trata de una oferta pública de adquisición por el 100% de las acciones de la compañía, a un precio equitativo y sin estar sujeta a ninguna condición. Es la ley correspondiente la que determina cuándo se produce este tipo de OPA.
  • OPA voluntaria: No está sujeta a requisitos legales de precio ni de número de acciones, y en este caso, el ofertante puede establecer las condiciones que desee.
  • OPA por toma de control: En este caso, se trata de una oferta que tiene como objetivo facilitar que los accionistas de la sociedad afectada vendan sus acciones a un precio equitativo, una vez que la sociedad ofertante ha conseguido el control.
  • OPA competidora: Este tipo de OPA se aplica cuando la oferta afecta a valores sobre los que ya se ha presentado otra OPA, cuyo plazo de aceptación aún no ha terminado, pretendiendo igualar o superar la oferta original.
  • OPA de exclusión: Su finalidad es permitir a los accionistas vender sus acciones antes de que la compañía deje de cotizar en bolsa. Solamente se acepta contraprestación económica y nunca en acciones.

En el caso de BBVA, se trata de una OPA hostil. Pero ¿cuál es el porqué de este apellido?

Dentro de los tipos de OPAs mencionados anteriormente, pueden categorizarse también en amistosas u hostiles. Las primeras llegan después de una negociación entre la sociedad ofertante y los accionistas del Consejo de Administración de la afectada, mientras que las segundas son ofertas públicas de adquisición que se lanzan sin que haya acuerdo previo

En palabras del catedrático de la Universidad de Valencia y economista Santiago Carbó en Al Rojo Vivo, la de BBVA hacia Sabadell es una OPA hostil porque "no se negocia con el actual consejo de administración del Sabadell y se va directamente a los accionistas", es decir, BBVA le ha comunicado a los accionistas lo que están dispuestos a pagar, para comprárselo a quien sea que esté dispuesto a venderlo, "saltándose al consejo de administración en el proceso".

Síguenos en WhatsApp y recibe las noticias destacadas y las historias más interesantes.