El Gobierno podrá nombrar a consejeros en las empresas rescatadas por el fondo de solvencia de la Sociedad Estatal de Participantes Industriales (SEPI), con el objetivo de realizar un control y seguimiento continuo para asegurar la devolución al Estado.

Será el consejo rector del fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas, adscrito al Ministerio de Hacienda y gestionado por la Sociedad Estatal de Participantes Industriales (SEPI), quien realice este control. En concreto, el seguimiento se realizará a través de un pacto de accionistas en caso de que la concesión de ayudas requiera la entrada en el capital de la empresa.

El Estado velará así por el cumplimiento de las decisiones estratégicas necesarias para que, gracias al apoyo público, las empresas recuperen su solvencia. En este momento solo Duro Felguera y Globalia, filial de Air Europa, han solicitado la ayuda por 100 y 400 millones respectivamente.

Las empresas en riesgo de cese de su actividad, o bien entrar en concurso de acreedores y disolución, por la crisis del coronavirus, podrán solicitar por ellas mismas un préstamo participativo para salir de esta situación. En el caso de que la situación patrimonial esté fuertemente deteriorada, las ayudas podrían consistir en la entrada del Estado en el capital.

La empresa podrá aceptar o no las condiciones

Es en este supuesto cuando el consejo rector podría nombrar nuevos consejeros en las empresas aunque, una vez que se planteen las diferentes opciones de ayuda, la empresa podrá aceptar o no las condiciones a través de sus propios órganos de decisión como las juntas generales de accionistas o las reuniones del Consejo de Administración.

El consejo está formado por el presidente de la SEPI, Bartolomé Lora, así como representantes de los Ministerios de Hacienda, Asuntos Económicos y Transformación Digital, Transición Ecológica y Reto Demográfico e Industria, Comercio y Turismo, aunque no se descarta la intervención del resto de Ministerios según la empresa afectada.

El consejo gestor será el encargado de analizar las solicitudes de ayudas. Sin embargo, en el caso de que las operaciones superen los 250 millones de euros, la responsabilidad estará bajo la Comisión Europea, que deberá validar o no la recapitalización de la empresa.

Recuperar las ayudas lo más pronto posible

El objetivo del Estado, tal y como ha afirmado la Comisión Europea, es el de recuperar las ayudas lo más pronto posible, además de salir del capital de la empresa rescatada cuando sea nuevamente viable. La intervención del Estado se entiende como una medida contra la libre competencia aunque el contexto de la pandemia del coronavirus justifica la decisión.

Para alcanzar el objetivo, los tipos de interés de las ayudas aumentarán por encima del 9% nueve años después de la concesión de las mismas, incentivando así el fin del rescate y la recuperación de la cantidad invertida de forma continua. Para ello se incluye un mecanismo de ajuste al alza que aumente la remuneración del Estado.

El objetivo es incentivar al beneficiario a recomprar las aportaciones cuanto antes, con un aumento mínimo del 10% de esta remuneración. De esta forma, en el caso de que cuatro años después de la aportación del Estado, no se haya vendido al menos el 40% de su participación, se activará el mecanismo de ajuste.

Otra de las claves es que el beneficiario debe tener en todo momento la posibilidad de recomprar la participación adquirida por el Estado. Así, para garantizar que el Estado recibe una remuneración adecuada por la inversión, el precio de recompra deberá ser el precio de mercado o, en caso de que sea menor a la remuneración inicial, tendrá una penalización del 2% anual.