El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana ha ampliado el plazo para solicitar los préstamos al alquiler de afectados por la pandemia, avalados y subvencionados por el Estado, hasta el 9 de agosto. Asimismo, ha ampliado el plazo para formalizar dichos préstamos hasta el 9 de septiembre, según recoge el Boletín Oficial del Estado (BOE).

La evolución actual de la pandemia y la vulnerabilidad que pueda generar en los arrendatarios de vivienda habitual y su incierta proyección en los próximos meses hace recomendable modificar los plazos inicialmente previstos para la solicitud y formalización de los créditos, explica el BOE.

El Gobierno ha tomado esta medida después de la recomendación de ampliación que la comisión de seguimiento del convenio entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana y el ICO hizo el pasado 5 de mayo. El plazo para solicitar los préstamos podrá incluso ser prorrogado hasta el 31 de agosto con una orden ministerial, previa propuesta de la comisión de seguimiento del convenio.

Por otro lado, el plazo para formalizar dichos préstamos también podrá ampliarse hasta el 30 de septiembre a través de una orden ministerial, tras proponerlo la comisión de seguimiento.

Real Decreto Ley de 31 de marzo

Esta prórroga es la continuación de lo establecido en el Real Decreto Ley de 31 de marzo de 2020, por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito socioeconómico para hacer frente a la crisis del coronavirus. El Real Decreto incluía medidas dirigidas a familias y colectivos vulnerables y establecía una línea de avales para mantener la cobertura de la financiación de estos arrendatarios.

En concreto, autorizaba al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana a desarrollar una línea de avales con total cobertura del Estado, a través de un convenio con el ICO, para que las entidades bancarias pudieran ofrecer ayudas transitorias de financiación a los arrendatarios de vivienda habitual en situación de vulnerabilidad.

Los créditos pueden cubrir hasta el 100% del importe de la renta mensual, con un máximo de 900 euros al mes durante un periodo de seis meses, mientras que no suponen ni gastos ni intereses para quien los solicite que, además, contarán con un plazo para devolverlo de seis años, con posibilidad de una prórroga de hasta cuatro años más.

El procedimiento pasa por que el banco abona directamente el importe del préstamo al propietario del piso, con el objetivo de evitar la incertidumbre de un eventual impago.