En el ámbito de las legislaciones, es importante retroceder. Históricamente España ha sido uno de los países desarrollados, que más hemos sufrido la dura situación económica mundial, en nuestras calles. No es algo nuevo, podríamos remontarnos a la expansión en América, o al XVI cuando éramos una gran potencia cultural, artística, literaria…pero mantener nuestra posición en el territorio, ignorando al ciudadano hizo que lo perdiéramos todo. ¿Qué queda de la revolución española? Única potencia que tenía por un lado a los ciudadanos con las cacerolas y el aceite hirviendo expulsando al invasor francés, a la par que un grupo de grandes juristas, encerrados en comisiones de trabajado “cuando toda España era Cádiz”, redactaban la tercera constitución del mundo. La revolución americana ha llegado a nuestros días, la revolución francesa inspiró al resto de revoluciones del mundo. Hace cien años, en el siglo XX sufrimos la mal llamada gripe española, llamada así porque España, al no haber participado en la Primera Guerra Mundial y no sufrir bajas en su ejército, pudo informar abiertamente, al igual que hoy, sobre la pandemia que rodeaba nuestro planeta, invirtiendo en ciencia, protección sanitaria y conocimiento, incluso Alfonso XIII fue nominado al Premio Nóbel de la Paz, pero posteriormente ocurre que hace que nuestro patrimonio cultural, jurídico y político, peligre.

Nuestra actual constitución, no prevé la pandemia, sin embargo, nuestro magnífico Código Civil de 1889, inspiración de la mayoría de los Códigos Civiles del mundo, si prevé actuaciones legales en caso de epidemia. La aprobación por el último Consejo de Ministros del mes de mayo, el primero con más mujeres que hombres de la historia, de este ingreso mínimo vital, responde a cómo somos y cómo hemos sido. Los requisitos para acceder a la prestación son: ser demandante de empleo; en una edad comprendida entre 23 y 65 años, y pertenecer a la Unidad de Convivencia, durante 3 años atrás, o 1 año en caso de tener hijos; y en el caso de familias monoparentales, además, recibirán un complemento adicional.

La prestación a percibir será de entre los 462 y los 1015 euros mensuales, y será completable con las ayudas autonómicas. Por contra, el mecanismo de control del gobierno frente al uso de esa prestación, será el “test de riqueza”, mecanismo que existe en otros países, y sirve para que el beneficiario no pueda superar un cierto umbral patrimonial, excluyendo la vivienda habitual. 

En el caso de trabajadoras y trabajadores extranjeros, tendrán derecho a esta ayuda, si acreditan que llevan al menos un año viviendo legalmente en España, salvo víctimas de trata, que los requisitos para el reconocimiento serán flexibles.

El Ingreso Mínimo Vital, es una prestación de la Seguridad Social y su coste anual rondará los 3.000 millones de euros, y como ha dicho el gobierno, “ha venido para quedarse”.

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