El Consejo de Ministros ha ratificado el acuerdo para la primera parte de la reforma del sistema de pensiones alcanzado entre el Gobierno y los agentes sociales. Una de las claves de esta reforma es el acercamiento de la edad efectiva de jubilación a la edad legal, sin que esta última cambie y se mantenga según la última reforma del Partido Popular en 2013.

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Lo que hará ahora la Seguridad Social será intentar retrasar la edad de jubilación efectiva, siempre de forma voluntaria, recalcan desde el Ministerio de Seguridad Social y los sindicatos, con un sistema de premio y castigo. Es decir, penalizaciones a las jubilaciones anticipadas e incentivos a los trabajadores que se mantengan más tiempo en el mercado laboral.

Sin embargo, hay un aspecto a matizar. Las penalizaciones a la jubilación anticipada son menores en la mayoría de los casos que se puede hacer con respecto al sistema actual. Así lo recalca Cristina Estévez, la responsable de las últimas negociaciones por parte de UGT, en una conversación telefónica con ElPlural.com.

Cualquier trabajador se puede jubilar de forma voluntaria en un periodo máximo de dos años -o 24 meses- antes de la edad legal. Esto no cambia con la nueva reforma. Lo que cambia son los coeficientes que reducen la cuantía por el hecho de dejar de trabajar unos meses antes de lo obligatorio, que pasan a diferenciarse mensualmente y no por trimestres.

Menores penalizaciones en la mayoría de los meses 

En una comparación con los coeficientes reductores vigentes hasta ahora, los de la reforma son más bajos en la mayoría de los casos, por lo que, en definitiva, reducen menos la pensión. Según hemos explicado en varias ocasiones, solo se reduce la pensión más que ahora si el trabajador decide jubilarse 23 o 24 meses antes de su retiro obligatorio y en caso de que queden menos de 3 meses para la jubilación legal.

Ante esto, Estévez es muy clara y recomienda retrasar la jubilación voluntaria unos meses para salir más beneficiado: “Es tan sencillo como que alguien que se quiere jubilar que espere dos meses”. Así, no se verá afectado por la subida del coeficiente reductor a los 24 meses si lo hace 22 antes de jubilarse.

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Todos los demás coeficientes reductores, entre los 22 y los 4 meses anteriores a la edad legal son menores con la nueva reforma. Es el caso, por ejemplo, de jubilarse un año antes, 12 meses según estos criterios. Con la legislación actual, la prestación se recortaba un 8% mientras que ahora lo hace un 5,5%, siempre que se tenga hasta 38 años y medio cotizados. La siguiente tabla muestra el caso de los trabajadores que se jubilen de forma anticipada con menos de 38,5 años cotizados.

  Antes Ahora
24 meses 16% 21%
22 meses 18,9% 17,6%
12 meses 8% 5,5%
1 mes 2% 3,26%

 

El objetivo del Gobierno es retrasar la jubilación anticipada al menos unos pocos meses. Con el cambio a criterios mensuales y no trimestrales se realiza de forma más gradual, por lo que el trabajador puede hacer ese esfuerzo de una forma aparentemente más sencilla.

Cambio de las condiciones en las pensiones máximas

En caso de las pensiones máximas, la jubilación anticipada voluntaria endurece sus condiciones, con una reducción menor al jubilarse. Esto sucede porque la penalización se aplicaba sobre la base reguladora, y no sobre la pensión, y ahora se realizará directamente sobre la cuantía de la prestación.

Estas son las condiciones habituales pero el acuerdo contempla una serie de excepciones. Es el ejemplo de trabajadores cuyo contrato termine antes del 1 de enero de 2022 y no vuelvan a estar inscritos en el sistema de la Seguridad Social durante más de 12 meses y aquellos que se jubilen anticipadamente por un ERE, convenios o procedimientos concursales aprobados antes del 1 de enero de 2022. Es decir, todos los afectados por los ERE de la banca que se han aprobado este año, el último de CaixaBank hace unos días.

También quedan fuera del sistema general las jubilaciones anticipadas involuntarias, que no sufrirán la corrección de la pensión máxima. Además, en caso de que un trabajador lleve tres meses percibiendo el subsidio asistencial de desempleo, también tendrá el tratamiento de la jubilación anticipada involuntaria, con reducciones inferiores.

El acuerdo es diferente en caso de que la jubilación anticipada no sea solicitada por el trabajador, sino que sea involuntaria. Aquí se podrá jubilar cuatro años antes de la edad legal, como ocurría hasta ahora, pero se amplían las causas de terminación del contrato para acogerse a este formato, con mejores condiciones.

La penalización de este tipo de jubilación también se estudiará mes a mes, en lugar de trimestralmente como hasta ahora. En la práctica, entre los 4 y 2 años previos a la jubilación legal los coeficientes reductores no cambian. Sí lo hacen si el trabajador se retira dos años antes de la edad legal, bajando para aproximarlos más a los nuevos coeficientes de la jubilación voluntaria, y en mayor medida en los 6 meses previos.

El otro punto de la reforma: los premios por trabajar más

Ya hemos explicado que el retraso de la edad de jubilación pretende hacerse mediante un sistema de premio y castigo. Vamos con los premios. La reforma mejora las bonificaciones por trabajar más de la edad legal de jubilación. Hasta ahora, se incentivaba con un aumento de la prestación de entre el 2% y el 4% de los años cotizados, que ha pasado a ser siempre del 4% por cada año completo de más trabajado.

El sistema también ofrece la posibilidad de recibir un pago único de 12.060,16 euros. O incluso se podrán combinar ambas medidas para optar por la alternativa más beneficiosa a la hora de retirarse.