El Gobierno ha alcanzado un primer acuerdo sobre la reforma del sistema de pensiones este lunes con sindicatos y patronal. Más allá de las cuestiones técnicas y los cálculos que modificarán la jubilación de los futuros pensiones, en ElPlural.com hemos querido traducir esta información al modo práctico.

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Una de las principales dudas de los futuros pensionistas es cuándo podrán jubilarse. Es decir, si esta reforma conlleva cambios en la edad de jubilación o si los incentivos y penalizaciones anunciadas serán decisivas para despedirse de sus empleos y comenzar el merecido descanso tras una vida de trabajo. La cuestión es especialmente acuciante para la generación del baby boom, aquellos nacidos en los años 60, que se jubilarán en los próximos años.

Así que, ¿cuándo se podrán jubilar los nacidos de 1965 a 1970?

A día de hoy se podrían jubilar a los 66 años de forma ordinaria, si lo hicieran este 2021. A partir de aquí, la edad de jubilación irá aumentado progresivamente hasta los 67 años en 2027, con algunas matizaciones, según indica la siguiente tabla. Como se puede observar, la jubilación anticipada conlleva cumplir una serie de años trabajados.

Año

Periodo cotizado

Edad de jubilación

2021 37 años y 3 meses o más
Menos de 37 años y 3 meses

65 años
66 años

2022 37 años y 6 meses o más
Menos de 37 años y 6 meses
65 años
66 años y 2 meses
2023 37 años y 9 meses o más
Menos de 37 años y 9 meses
65 años
66 años y 4 meses
2024 38 años o más
Menos de 38 años
65 años
66 años y 6 meses
2025 38 años y 3 meses o más
Menos de 38 años y 3 meses
65 años
66 años y 8 meses
2026  38 años y 3 meses o más
Menos de 38 años y 3 meses

65 años
66 años y 10 meses

Desde 2027 38 años y 6 meses o más
Menos de 38 años y 6 meses
65 años
67 años

Sin embargo, esta no es una de las novedades de la reforma acordada por el Gobierno y los agentes sociales, sino que esto viene de antes. En concreto, de la reforma de las pensiones de 2013 aprobada por el Gobierno de Mariano Rajoy.

Lo que cambia ahora con el nuevo acuerdo son los coeficientes reductores para las jubilaciones anticipadas, ya sean voluntarias o involuntarias, tal y como ha explicado la responsable de las negociaciones por parte de UGT, Cristina Estévez, a ElPlural.com.

Así, la jubilación anticipada voluntaria mínima se mantiene en los 63 años para aquellos trabajadores con más de 37 años y 3 meses cotizados y la involuntaria mínima en los 61 años, también con más de 37 años y 3 meses de cotización. Los cambios pasan por una mejora de los coeficientes reductores, especialmente para aquellas carreras de cotización más largas, tal y como explica la responsable.

Pero, ¿qué son los coeficientes reductores?

Los coeficientes reductores, una palabra clave en la negociación de la primera parte de la reforma de pensiones, son cálculos por los que cuanto más adelantes la jubilación, menos recibes luego en tu pensión. En otras palabras, cuántos más años trabajes, mejor pensión tendrás. Parece obvio pero hay matices.

Un ejemplo práctico: si has cotizado menos de 38 años y 6 meses y adelantas tu jubilación dos años antes de lo previsto, la pensión se podría reducir hasta en un 21%. Sin embargo, si has cotizado entre 38 años y 6 meses pero menos de 41 años y 6 meses, los nuevos coeficientes irían entre el 3,11% y el 19%, frente al 1,9% y 15% actual.

Ante esto, Estévez explica que los ratios mejoran especialmente desde el mes 22 -ahora los coeficientes reductores se miden por meses- hasta el mes cuarto, con rebajas a partir del 14,67%. Así, la experta recomienda retrasar la jubilación voluntaria unos meses para salir más beneficiado: “Es tan sencillo como que alguien que se quiere jubilar espere dos meses”.

Pero la reforma también modifica los coeficientes de los jubilados anticipados involuntarios, con cambios que pasan por aplicar estos coeficientes por mes y no por trimestres. Los tramos oscilarán entre el 30% de reducción de la pensión si te jubilas cuatro años antes de la edad legal con menos de 38 años y 6 meses cotizados. Esta reducción va disminuyendo hasta el 0,5% si te jubilas un mes antes y has cotizado más de 44 años y 6 meses, todo ello a raíz del cálculo de tu edad y tus años de cotización.