PREGUNTA

Estoy de baja temporal y mi empresa aún no me ha ingresado la nómina. Mi baja está hasta el 31 de este mes y el día 1 tengo médico para la revisión. No sé si piensan despedirme y pagarmelo todo en el finiquito. Eso no me preocupa, me preocupa más que no me hayan pagado y que no tengan intención. Me gustaría saber qué puedo hacer yo como trabajadora.

 

RESPUESTA

Por el contenido de la pregunta, entendemos que el período de baja se inicia el mes pasado —diciembre— pues de haberse iniciado este mes, todavía no habría nacido la obligación de pago, salvo que tengan pactado abonos semanales o quincenales.

El abono de la prestación de incapacidad temporal por parte de las empresas es uno de los supuestos de colaboración obligatoria con la Seguridad Social, y ello en tanto el contrato de trabajo siga vigente. Así, la empresa procede al abono del subsidio correspondiente que compensa con las cuotas sociales a ingresar en el mismo período.

No obstante, existen determinados supuestos en los que la empresa puede eximirse de tal obligación —y ninguna de ellas nos consta que concurra—: que la empresa tenga de menos de diez trabajadores cuando lleve más de seis meses pagando las prestaciones o que exista autoriación de la Dirección Provincial de Trabajo cuando la situación económica de la empresa lo aconseje.


Pero esto no significa, obviamente, que el trabajador no tenga derecho a percibir la prestación. Debe, entonces, solicitar su abono directo al INSS o a la Mutua colaboradora correspondiente.

Y tal también es el procedimiento en el supuesto de falta de pago por la empresa sin que medie ninguno de los motivos tasados para ello. Así pues, debe dirigirse a cualquiera de las entidades antes citadas y solicitar el abono directo de la prestación, haciendo constar que el motivo de la solicitud es la falta de abono por el empresario.
 

Para una información más detallada, puede dirigirse a cualquiera de nuestras sedes. Localícelas en http://www.ugt.es/sedes