La Agencia Tributaria ha recibido más de 280.000 peticiones del cheque de 200 euros destinado a trabajadores, autónomos y desempleados con rentas bajas desde que se habilitó su solicitud el pasado viernes, cuando ya en las primeras horas se registraron 9.800 solicitudes, tal y como informan fuentes del Ministerio de Hacienda.

En concreto, hasta esta mañana se han presentado un total de 280.630 solicitudes para acceder a la ayuda de 200 euros incluida en el Real Decreto-ley aprobado de forma reciente por el Gobierno con el objetivo de paliar las consecuencias económicas derivadas de la guerra en Ucrania.

De acuerdo con las previsiones del Gobierno se destinarán 540 millones a esta ayuda de 200 euros, que consistirá en un pago único y que el Ejecutivo prevé que beneficiará a 2,7 millones de personas.

Hasta el 30 de septiembre

La solicitud debe presentarse en la Sede Electrónica de la Agencia Estatal de Administración Tributaria rellenando un formulario electrónico antes del 30 de septiembre de 2022, en el que, necesariamente, deberán figurar los datos identificativos y domicilio del solicitante y de las personas con las que convive en el hogar, así como un teléfono de contacto y el número de cuenta bancaria para que el pago de la ayuda se haga efectiva.

Si bien el Real Decreto establece que los solicitantes tienen tiempo hasta el 30 de septiembre para solicitar la ayuda y que la Agencia Tributaria podrá realizar los pagos en los tres meses siguientes, desde Hacienda aseguran que se está trabajando para agilizar al máximo la tramitación de la ayuda, lo que requiere contar con cierta información previa de contraste que la Agencia ya ha solicitado a otros organismos.

Transcurridos los tres meses desde la finalización del plazo de presentación del formulario sin haberse efectuado el pago, la solicitud podrá entenderse desestimada.

Requisitos para solicitar el cheque de 200 euros

Para recibir esa ayuda, los beneficiarios deben residir en hogares en los que la suma de las rentas que percibieron los convivientes durante el pasado ejercicio sea inferior a 14.000 euros y cuyo patrimonio descontando la vivienda habitual no supere los 43.196,40 euros.

El cómputo de ingresos y de patrimonio se efectuará de manera conjunta, considerando todas las personas que residan con el beneficiario en un mismo domicilio a fecha 1 de enero de 2022. Los beneficiarios deben tener residencia legal y efectiva en España en la fecha de entrada en vigor de real decreto-ley, desde el 27 de junio, y haberla tenido de forma continuada e ininterrumpida durante al menos el año inmediatamente anterior.

Incompatibilidades

Se excluye de esta ayuda a quienes ya cobren el Ingreso Mínimo Vital o reciban pensiones del Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado.

Para estos colectivos, el Real Decreto-ley contempla ya medidas concretas como la prórroga del incremento del 15% del Ingreso Mínimo Vital o de las pensiones no contributivas, que implica incrementos anuales superiores a los 200 euros. Y, en el caso de las pensiones contributivas, el Gobierno garantiza el incremento en línea con la inflación para garantizar que no existe una merma del poder adquisitivo.