Tras la convocatoria de huelga de los pilotos de Air Europa prevista para el puente de mayo, Facua-Consumidores en Acción ha advertido a todos los pasajeros que puedan verse damnificados por los paros afectados que tienen derecho a reclamar compensaciones por valor de 250 euros, así como la devolución del importe íntegro del billete y los gastos que hayan asumido si el vuelo resulta cancelado.

Los paros han sido convocados por el Sindicato Español de Pilotos de Líneas Aéreas (Sepla) para los días 1,2,4 y 5 de mayo, coincidiendo con festividades autonómicas y nacionales en todas las bases en las que opera la compañía y todos los centros de trabajo en España, tal y como anunció este miércoles el sindicato.

Ante la previsión de cancelación de vuelos, Facua subraya a los usuarios que el Reglamento Europeo 261/2004 establece una serie de compensaciones al respecto. De hecho, el artículo 7 de dicho Reglamento recoge que "los pasajeros recibirán una compensación por valor de 250 euros para vuelos de hasta 1.500 kilómetros, 400 euros para los intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás, entre 1.500 y 3.500, y 600 euros para el resto de los vuelos".

Además, desde la asociación de consumidores recuerdan a las propias aerolíneas que una sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) de abril de 2018 determinó que la convocatoria de una huelga no entra dentro del concepto “circunstancias extraordinarias”, unas circunstancias que de acuerdo con el reglamento exime de entregar las compensaciones, por lo que "la compañía tampoco puede negarse a las compensaciones que se le exijan".

Excepciones que eximen de pagar la compensación

Entre las excepciones que contempla el reglamento, figura que las aerolíneas estarán exentas de entregar dicha compensación si informan a sus clientes de la cancelación del vuelo con al menos dos semanas de antelación con respecto a la hora de salida programada o bien, con una antelación entre dos semanas y siete días con respecto a la hora de salida. Plazos que no se han cumplido dada la cercanía de las fechas de la convocatoria.

También se verán exentas de pagar la compensación si la aerolínea ofrece a los pasajeros un transporte alternativo que les permita viajar con no más de dos horas de antelación con respecto a la hora de salida que se había programada y llegar a destina con una diferencia no superior a cuatro horas con respecto a la hora de llegada programada inicialmente.

Además podrá reducirse el pago de la indemnización si se informa a los pasajeros con menos de siete días de antelación, pero se les ofrece tomar otro vuelo que les permita desplazarse con no más de una hora de antelación con respecto a la hora de salida prevista y llegar a su destino final con menos de dos horas de retraso con respecto a la hora de llegada programada.

Según Facua, conforme al artículo 7, las compañías podrían reducir estas compensaciones en un 50% en el caso de que ofrezca un transporte alternativo al pasajero con una diferencia de hora de llegada con respecto a la del vuelo inicial, "que no sea superior a dos horas, para todos los vuelos de 1.500 kilómetros o menos", "que no sea superior a tres horas, para todos los vuelos intracomunitarios de más de 1.500 kilómetros y para todos los demás vuelos de entre 1.500 y 3.500 kilómetros" o "que no sea superior a cuatro horas" para el resto de vuelos.

El TJUE, además, dictaminó en otra sentencia de mayo de 2017 que el derecho a recibir estas compensaciones se hace extensible a aquellos casos en los que el vuelo no sea cancelado, pero sufra un retraso superior a las tres horas de su llegada al destino final.

El reembolso íntegro del billete

Independientemente de que se reduzca o no la indemnización, en caso de cancelación de un vuelo, Facua recuerda que el pasajero siempre tendrá derecho al reembolso del importe íntegro del billete en un periodo estimado de “siete días” o bien a un transporte alternativo hasta el destino.

Además, los usuarios también podrán reclamar cualquier otro tipo de daños, con independencia de su naturaleza, que hayan podido sufrir como consecuencia de la cancelación: hoteles, viajes organizados, vuelos de conexión e incluso daños morales, entre otros posibles supuestos.

Si la cancelación ocurriese próxima al horario de salida del vuelo, la asociación recuerda que el artículo 9 de la normativa europea obliga a las aerolíneas a ofrecer a los pasajeros afectados "comida y refrescos suficientes", alojamiento en un hotel si fuera necesario y traslado desde el aeropuerto hasta dicho hotel.