El pasado 15 de septiembre se conocía, según informaba elDiario.es, que la Generalitat Valenciana de Carlos Mazón había ocultado un vídeo que se grabó el pasado 29 de octubre en el Centro de Coordinación Operativa Integrado (Cecopi) y que nunca fue entregado a la juez de Catarroja que investiga la DANA, así como los responsables de la dimensión de la tragedia. Unas imágenes fundamentales en la causa ya que incluían intervenciones de los bomberos y la comparecencia del jefe del Consell cuando llegó a las 20:28 al Cecopi.
Al conocerse todo ello, la magistrada de Catarroja pidió a la televisión valenciana À Punt que entregara estas imágenes para poder sumarlas a los documentos presentes en la causa e hizo extensible la petición al departamento de Emergencias de la Generalitat. Ahora, se ha sabido, a partir de este vídeo ocultado, que la alerta que se envió a la población cuando ya había personas fallecidas en múltiples municipios se había planteado con dos horas de antelación, concretamente, a las 18:01 horas. Asimismo, en las imágenes también se ve cómo la ex consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, ordena revisar el contenido del mensaje antes de enviarlo, algo que queda lejos de lo que afirmó en sede judicial el pasado mes de abril cuando desvió la responsabilidad a los técnicos. “Antes de enviar el siguiente mensaje lo quiero ver”, dictó Pradas. Del mismo modo, el subdirector general de Emergencias, Jorge Suárez, también aparece en este vídeo ocultado señalando: “De acuerdo con lo que decidamos podemos mandar un mensaje a todos los móviles de esa zona. Es una de las decisiones que también podemos tomar”.
El auto de la juez que revela que Pradas mintió
En línea con todo ello, la magistrada solicitó el pasado mes de septiembre a Televisión Española (TVE) las imágenes del Cecopi en las que se ve, entre otras cosas, que a las seis y media, la exconsellera Salomé Pradas ya estaba gestionando el envío del ES-Alert. En el auto de la juez, al que tuvo acceso ElPlural.com, dice Ruiz Tobarra que, "debe ponderarse la relevancia de dicha grabación en la presente causa, dado que, precisamente, es objeto de investigación el momento de remisión del ES-Alert, su contenido, el proceso de decisión y la posible participación en dicho proceso de otras personas que no ostentan la condición de investigados, partiendo igualmente de la gravedad de los hechos objeto de la presente instrucción: la pérdida de 229 vidas humanas (una de ellas dependiente) y los lesionados".
Asimismo, la juez prosigue diciendo que "dicha grabación contradice declaraciones prestadas en sede judicial y las circunstancias en que se obtienen, estaban presentes periodistas, los cuales pudieron oír lo que finalmente quedó registrado. Se cumplirían los estándares jurisprudenciales en orden a la aportación de la grabación. Y apostilla en el auto que "como se ha expuesto la gravedad de los hechos objeto de la investigación, exige la aportación de las grabaciones emitidas, partiendo de que nos encontramos ante una investigación penal con un gravísimo resultado lesivo, la falta de documentación de la reunión del Cecopi, y la obtención de una grabación, no durante recesos o una vez finalizada, sino durante la misma esencia del proceso de decisión, lo que justifica plenamente la inclusión en el procedimiento".
En el auto, la juez también se dirige a la televisión pública valenciana. Pide "requerir a À Punt al objeto de que, en el plazo de una audiencia, manifieste si mantiene el ofrecimiento de aportación de grabaciones, de audio o de imagen, de la cobertura de la DANA, y de manera específica, de la reunión del Cecopi que tuvo lugar el día 29 de octubre de 2024. La posible aportación voluntaria a la que hacía referencia igualmente el auto de 8 de septiembre de 2025, permite en su caso valorar las circunstancias concurrentes en las grabaciones y ponderar la aportación al procedimiento, partiendo del objeto y las circunstancias de la investigación”.
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