El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de reforma solicitado por Santos Cerdán para revisar su ingreso en prisión provisional, reafirmándose el Alto Tribunal en esta decisión. Cerdán se encuentra en prisión provisional desde el 30 de junio por su presunta participación en una trama de adjudicación de obras a cambio de comisiones con seno en el Ministerio de Transportes cuando José Luis Ábalos era el titular de esta cartera ministerial. En un nuevo auto dictado este viernes, el magistrado Leopoldo Puente ha desestimado el recurso de Cerdán al apuntar que no hay motivos que justifiquen el cambio de su situación personal e insiste que aún persiste el riesgo de que pueda "alterar, ocultar o destruir fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento".
"El motivo fundamental por el que se ha resuelto mantener la situación de prisión provisional acordada para Santos Cerdán no es que en todos los contratos concurriese la adjudicataria ACCIONA CONSTRUCCIÓN, [...] sino de que es la persona, de entre todas las investigadas hasta este momento, que habría de tener cabal conocimiento del proceso completo y quien, en consecuencia, podría dificultar seriamente el devenir de la investigación, ocultando, destruyendo o alterando pruebas relevantes en los términos en los que se deja referido tanto en el auto que acordaba la prisión provisional como en el que ahora se recurre. Si esos elementos, esas pruebas relevantes, estuvieran ya en la investigación, entonces sí, la medida cautelar carecería de soporte legítimo. Pero todavía no lo están, aunque se trabaja intensamente en su eventual hallazgo", reza el auto.
"Lo que trata de conjurarse con la situación de prisión provisional, comunicada y sin fianza, es el riesgo de que el Sr. Cerdán León pudiera alterar, ocultar o destruir fuentes de prueba relevantes para el enjuiciamiento", incide, por lo que el magistrado pasa a "desestimar íntegramente el recurso de reforma interpuesto por doña Silvia González Milara, Procuradora de los Tribunales y de don Santos Cerdán León, contra el auto de fecha 18 de septiembre del presente año, que se confirma íntegramente".
Cerdán y su defensa podrán, al no ser firme el auto, "interponer un recurso de apelación en el plazo de cinco días a contar desde su notificación, en los términos previstos en el artículo 766.3 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal".
El anterior auto judicial
Este recurso de Cerdán, rechazado ahora por Leopoldo Puente, surge tras otro auto, publicado el 18 de septiembre, en el que se mantenía su prisión provisional. En aquel texto legal, el magistrado señalaba que "ni desde luego ha transcurrido el plazo límite máximo de duración de la prisión provisional acordada en esta causa respecto a don Santos Cerdán, ni tampoco han cesado las razones que legítimamente justificaron su adopción", e insistía en que no es solo que el plazo límite máximo de la prisión provisional no haya sido sobrepasado (frente a lo que proclama la defensa del Sr. Cerdán) sino que previsiblemente no será necesario agotarlo.
En su resolución, el juez también consideraba que persisten los motivos más que suficientes para considerar que Cerdán pudiera haber cometido sendos ilícitos penales, provisionalmente calificables como de pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y cohecho, todos ellos del Código Penal.
El magistrado detalló en el auto del día 18 los indicios contra Santos Cerdán que ya relató en el auto de prisión, y que recuerda que fueron confirmados por la Sala de Apelación. Entre ellos, resaltaba como el más intenso el hallazgo de los archivos de audio "de los que resulta, siempre en los términos indiciarios que han de ser aquí tomados en cuenta, que en sucesivas conversaciones con otros investigados en esta causa, el propio don Santos Cerdán León vendría a reconocer de forma ciertamente explícita no solo el cobro de comisiones vinculadas a la adjudicación de determinadas obras públicas, debidamente identificadas en el informe rendido por la policía judicial de fecha 5 de junio del presente año, sino también haber satisfecho parte de las mismas a otros investigados, así como expresando el compromiso de reclamar para ellos ciertas cantidades todavía pendientes de cobro".
Síguenos en Google Discover y no te pierdas las noticias, vídeos y artículos más interesantes
Síguenos en Google Discover