La justicia ha vuelto a respaldar la polémica gestión del Gobierno de Isabel Díaz Ayuso durante la pandemia, esta vez por el "abandono" de las residencias de ancianos en los peores meses del inicio del coronavirus, tal y como han denunciado en numerosas ocasiones desde la oposición y las familias. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha desestimado un recurso interpuesto por el Ayuntamiento de Alcorcón en el que denunciaba la "inactividad" de la Consejería de Sanidad por no medicalizar los centros de mayores del municipio en la primera ola.

Así, la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM entiende en una sentencia emitida a principios de este mes de julio que no hubo "inactividad de la administración de la Comunidad de Madrid en el ejercicio de sus competencias", sin embargo el fallo no es unánime, ya que dos de los cinco magistrados que han votado la resolución sí consideran que las responsabilidades del Ejecutivo de Ayuso van más allá.

Avala no medicalizar las residencias

El Consistorio de Alcorcón solicitó en una denuncia presentada en abril de 2020 que la Consejería "medicalizara" los geriátricos del municipio y les dotará de más medios para hacer frente a los contagios. También denunció entonces que la Administración no estaba cumpliendo con los preceptos del "artículo segundo de la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo", en la que el Ministerio de Sanidad exigía "la adopción de medidas relativas a las residencias de mayores y centros socio-sanitarios, ante la situación de crisis sanitaria".

Los operarios de los Servicios Funerarios trasladan un cuerpo de una residencia. EP

Operarios de Servicios Funerarios trasladan un cuerpo de una residencia. EP

Sin embargo, ahora -dos años después- la justicia madrileña ha avalado la gestión llevada a cabo por el Gobierno de Ayuso ya que alegan que las diferentes órdenes sobre la atención sanitaria en los geriátricos y centros de mayores no establecían obligaciones concretas y específicas que fueran exigibles para la Comunidad de Madrid. "No encontramos un solo punto en ninguna de esas órdenes que establezcan una prestación concreta y totalmente determinada en favor de personas concretas", recoge el fallo, que es susceptible de recurso de casación ya que no es firme.

Dos votos en contra

Con todo, esta situación ha dividido al tribunal, que ha sacado adelante esta sentencia con solo tres votos a favor de un total de cinco. Las dos magistradas que han votado en contra alegan que no se ejecutó la normativa y consideran que podrían haber tomado más medidas para atajar el Covid en ese grupo poblacional. "Consideramos que frente al fallo desestimatorio que acoge la sentencia dictada en mayoría, debió acogerse la pretensión del Ayuntamiento de Alcorcón consistente en declarar la inactividad de la Comunidad de Madrid en la adopción de las medidas precisas para la protección de la salud de las personas mayores y personas trabajadoras de las residencias", afirman en el texto.

"La modificación del uso de los centros de mayores en orden a su utilización como espacios para uso sanitario se contempla como una actuación prestacional a la que queda obligada la Consejería de Sanidad como medida de intervención concreta, definida en la normativa estatal y la autonómica dictada en desarrollo de aquella", insisten en el voto particular, en el que también recuerdan "la imposibilidad de derivar a los enfermos por el patógeno a centros hospitalarios" que entonces se experimentaba en el sistema sanitario.