La Justicia ha dado un golpe al recorte de derechos al colectivo LGTBI+ emprendido por parte del Ejecutivo de la Comunidad de Madrid, que preside Isabel Díaz Ayuso. El recurso presentado por el presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, contra la reforma de la Ley contra la LGTBIfobia de la presidenta regional ha sido estimado por el Tribunal Constitucional. De esta manera, el artículo que impedía que las asociaciones se personaran en defensa de las víctimas de delitos de odio en procedimientos penales y administrativos queda anulado, al ser considerado "nulo e inconstitucional" por el tribunal.

Así lo decidió el pasado miércoles el pleno del Constitucional, que aprobó la ponencia del magistrado Ramón Sáez en la que se daba validez a la impugnación impulsada desde Moncloa. De los 12 jueces que componen el tribunal, solo el conservador José María Macías votó en contra del recurso. De esta manera, se determinó que el artículo 65 de la ley de Ayuso vulnera competencias estatales, al excluir injustificadamente a las organizaciones LGTBI+ de los procesos.

Esta reforma ya fue suspendida el pasado mes de julio de manera cautelar. Su aplicación "suponía un grave obstáculo para la protección efectiva de los derechos del colectivo", explican desde Arcópoli, una asociación que lucha contra la LGTBIfobia en la Comunidad de Madrid. Su coordinador general, Luis Fernando Rosales, celebra la sentencia, y recuerda al Ejecutivo regional que "más allá de sus intentos por restringir derechos a nivel local, la Ley Estatal LGTBI+, actualmente en proceso de reglamentación, establece un marco jurídico de obligado cumplimiento para todas las CCAA", explica en declaraciones a ElPlural.com.

La reforma de la Ley LGTBI+ de Ayuso que ha tumbado el Constitucional

El Gobierno central recurrió el artículo 65.d de la Ley 18/2023, del 27 de diciembre, la cual modifica la Ley 3/2016 de protección integral contra la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual en la Comunidad de Madrid. Esta ley, aprobada por el Ejecutivo regional del PP de Cristina Cifuentes, presidenta anterior a Ayuso, disponía que "las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de derechos humanos serán titulares de intereses legítimos colectivos" en los procedimientos.

En la reforma impulsada por la ahora presidenta, se añadió un último apartado a lo referente a "las asociaciones, entidades y organizaciones representativas de los colectivos LGTBI y aquellas que tengan por objeto la defensa y promoción de los Derechos Humanos", señalando que "no será de aplicación a los procesos penales ni a los procedimientos administrativos sancionadores". Moncloa recurrió este precepto, alegando que "podría ser contrario a las competencias exclusivas del Estado sobre legislación procesal y sobre procedimiento administrativo común".

Este miércoles, el Tribunal Constitucional ha dado la razón al recurso del Gobierno de Pedro Sánchez, resolviendo que la norma "es inconstitucional y nula por invadir las competencias exclusivas del Estado para dictar legislación procesal y para regular el procedimiento administrativo común". El tribunal recuerda a su vez que la legislación estatal reconoce a las asociaciones como interesadas en los procedimientos administrativos, incluidos los sancionadores, en materia de discriminación por motivos de expresión de género y orientación e identidad sexual.

No es el primer varapalo del Constitucional a las reformas de Ayuso en materia de derechos del colectivo LGTBI+. El pasado mes de octubre, el Partido Popular presentó dos mociones para modificar artículos de esta misma ley, así como de la Ley Trans. Bajo el argumento de "mejoras técnicas y de redacción", se eliminaban la necesidad de presentar un informe psiquiátrico previo para el menor de edad -eliminado en la Ley del Gobierno- y el protocolo de atención educativa relativo a las actividades segregades por sexo con vestuarios infantiles para niños y niñas trans. El Constitucional admitió a trámite dos recursos que suspendieron la vigencia de los dos artículos.

Las asociaciones LGTBI+ de Madrid celebran el fallo del Constitucional

El pie en pared del Constitucional ha sido motivo de celebración para las asociaciones que denuncian el continuo recorte de derechos al colectivo LGTBI+ en la Comunidad de Madrid. Desde Arcópoli celebran esta "victoria indiscutible de la justicia y de los derechos fundamentales", y señalan la capacidad de proteger a los más vulnerables que esto les devuelve: “El fallo del Constitucional nos devuelve una herramienta clave para combatir los delitos de odio y defender de manera directa a quienes sufren agresiones por ser quienes son. Es un triunfo de la justicia y de la igualdad", señalan desde su portavocía.

El coordinador general de la asociación, que ha sufrido en sus carnes los recortes de Ayuso, señala a este medio el "hito trascendental en la defensa de los derechos LGTBI+ en la Comunidad de Madrid", y afirma: "Hoy es un mal día para quienes se han ensañado con nuestros derechos. Esta victoria nos da aún más fuerza para seguir luchando contra quienes quieren silenciar nuestras reivindicaciones y minimizar las violencias que sufrimos. Las asociaciones como Arcópoli seguiremos al lado de cada víctima, defendiendo sus derechos hasta las últimas consecuencias".

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