En febrero de 2023, los médicos gallegos a través del Consejo que los aglutina en la región, instó al Servizo Galego de Saúde a retirar el programa Xide (Xestión Integral da Demanda en Equipo), con la amenaza de acudir a la justicia en caso de que la Consellería de Sanidade no pusiera freno a su implantación.

Ese sistema se había establecido a finales de 2021, pero los resultados provisionales del mismo no eran todo lo positivos que el gobierno de Alfonso Rueda presumía, a juicio de los facultativos. Finalmente, la Xunta no dio su brazo a torcer y el Consello Galego de Colexios Médicos cumplió su advertencia.

Ahora se acaba de conocer que la sección tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, TSXG, ha echado por tierra el recurso planteado por los médicos pidiendo la retirada de Xide. Según explican los magistrados en su resolución, deciden rechazar la solicitud del Consello.

Por una parte, lo hacen por cuestiones formales, ya que la Sala certifica que el Xide no es un mecanismo regulador, sino “un instrumento o herramienta que ejecuta y emplea el personal estatutario del Servizo Galego de Saúde para dar apoyo eficaz a la gestión asistencial, dirigida no a ese personal, sino a los pacientes, que son sus destinatarios finales".

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En este sentido, recuerdan los jueces que en el controvertido Plan Gallego de Atención Primaria 2019-2021 nada impedía establecer programas como el de citación de los usuarios del sistema sanitario, como así se hizo.

Uno de los aspectos más criticados por los profesionales es que, en realidad, el sistema Xide era una especide de triaje encubierto, algo que tampoco acepta el TSXG, que indica que el mismo "no va encaminado a valorar o diagnosticar al paciente, función que tan solo se le encomienda al personal sanitario".

Poca transparencia

Del mismo modo, los magistrados en su fallo tampoco atienden el argumento del Consello Galego de Colexios Médicos, que en su denuncia hablaba de la falta de transparencia del programa, lo que podría suponer una vulneración del a la confidencialidad de los datos médicos de los pacientes.

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En contra de lo anterior, la resolución del alto tribunal asegura que la modernización del plan de citas "respondía a la potestad de autoorganización para la mejor prestación del servicio asistencial de atención primaria, sin que para ello fuera preceptivo recabar un informe o dictamen concreto, si bien se sometió el texto a un órgano asesor creado al efecto, como fue el Consello Técnico de Atención Primaria".

Algo idéntico señala en lo que a la falta de transparencia alegada por el Consello con respecto al algoritmo del programa. Aclara la sentencia que es “un patrón o documento de uso interno que recoge operaciones básicas para la solución de un problema, en este caso mediante la recopilación de datos previamente definidos por un comité de expertos”, que busca solo que el sistema de citación sea más eficaz, añade el tribunal, para que los pacientes “reciban asistencia a cargo de quien tiene facultad para ello: el personal sanitario". A esto agrega que tampoco se vislumbra con este sistema un riesgo para la confidencialidad de los datos médicos.

Sin duda alguna esta sentencia, que no es firme todavía y contra la que se puede presentar recurso, es un varapalo para el colectivo de médicos y para quienes observaban en este programa Xide un nuevo paso de la Xunta de Galicia en la implantación de recortes en la sanidad pública.

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