Isabel Díaz Ayuso, candidata del Partido Popular a la presidencia de la Comunidad de Madrid, posee el 50% de la sociedad Sismédica S.L., según ha declarado InfoLibre. Se trata de una inmobiliaria que lleva cuatro años sin facilitar sus cuentas al Registro Mercantil, incumpliendo esta obligación legal.

Cuando Díaz Ayuso fue nombrada viceconsejera de Presidencia y Justicia del Gobierno regional, la actual candidata del PP incluyó en su declaración de bienes que era dueña de una sociedad limitada y que adquirió “por donación mediante escritura pública”. El valor de las acciones de la entidad ascendía a 1.502,53 euros.

No obstante, en la última declaración presentada – hace dos semanas cuando lo hizo bajo la condición de diputada autonómica -, especificó que tenía esta empresa al 50%, aunque obvió que los títulos se percibieron por donación, como aseguró dos años atrás. Las escrituras públicas existen y datan del 16 de abril de 2012, cuando su padre donó la mitad de las participaciones de la entidad Sismédica.

Según desveló InfoLibre, Ayuso adquirió una vivienda en el centro de la Capital el 7 de octubre de 2011 mediante otra donación de sus padres, quienes comenzaron a amontonar grandes cantidades de deuda. Por tanto, pretendían evitar que el piso fuese embargado. Desde el citado medio, tras consultar con varios juristas, consideran que se trata de una operación “típica” de alzamiento de bienes.

Díaz Ayuso, por tanto, aceptó la donación de bienes en épocas diversas. Un emisario de la candidata del Partido Popular a la Comunidad de Madrid admitió, a preguntas del citado medio, que la empresa “no tiene actividad y está dada de baja desde hace cuatro años” en Hacienda, por lo que “no tiene ninguna propiedad” a día de hoy, aunque no aclaró si tuvo propiedades en el pasado.

Preguntados por si dejó de presentar las cuentas anuales, las fuentes consultadas indican que “sólo es accionista de la sociedad y no tiene responsabilidades de la gestión de la misma”, pues el administrador de esta es su hermano Tomás. No obstante, la popular no especificó en sus declaraciones que la firma ya no tenía actividad.

Obligación de pago

Cada año, las sociedades deben presentar sus cuentas ante el Registro Mercantil de la provincia en la que se ubiquen. Los tres meses posteriores al final del ejercicio, los administradores deben elaborar la contabilidad y aprobarlas en los tres meses siguientes para depositarlas antes del 31 de julio.

Saltarse esta ley tiene puede conllevar al cierre de la hoja registral y a una multa posterior por importe de 1.200 euros a 60.000. En el caso de la firma de Ayuso, el Registro cerró la hoja registral por ausencia del depósito de cuentas.