El Comité de Derechos Humanos de la ONU, que supervisa el cumplimiento de la Convención Internacional de Derechos Civiles y Políticos por parte de los Estados miembros, ha confirmado haber recibido la demanda contra España presentada por el expresidente catalán Carles Puigdemont por la presunto “violación” de sus derechos.

Podemos confirmar que la Secretaría del Comité de Derechos Humanos ha recibido una comunicación en representación del señor Puigdemont contra España”, dijo una de las portavoces de la Oficina de Derechos Humanos de Naciones Unidas, Julia Gronnevet.

Ese órgano, constituido por expertos independientes y que se reúne en Ginebra, verificará si el expediente “cumple con los requisitos mínimos para ser registrado”, en cuyo caso ello será transmitido a España. “No podemos proporcionar más información ya que el procedimiento es confidencial”, agregó Gronnevet.

En el plazo de un mes

El abogado británico Ben Emerson, que representa al expresident ha dicho este viernes que espera que el organismo de la ONU “admita” el caso en un periodo máximo de un mes.

“El siguiente paso es que el comité evalúe la admisibilidad de la demanda, que puede durar un mes; después comienza un procedimiento en el que el Estado (español) tiene que aportar su visión”, afirmó el letrado, especialista en derechos humanos, durante una rueda de prensa en Bruselas.

Preguntado por la posibilidad de que el comité rechace admitir la denuncia, el abogado dijo que en ese caso “hay una secuencia de mecanismos que podrían ponerse en marcha”, aunque se mostró convencido de que “no la rechazará”. Sin embargo, explicó que el proceso podría demorarse meses o hasta dos años, “en función de la urgencia del caso”.

“Este es un caso urgente”, afirmó el abogado, quien dijo que “cada mes” emprenderá una nueva acción “en el marco de una estrategia legal internacional” que busca “decisiones necesarias para remediar las violaciones de los derechos civiles y políticos” de Puigdemont, subrayó.

La labor del Comité de Derechos Humanos

Además de verificar periódicamente que los Estados cumplen con la citada Convención, el Comité de Derechos Humanos es competente para examinar quejas individuales contra ellos, siempre que el Estado denunciado haya ratificado el primer protocolo adicional a la Convención, lo que España hizo en 1985. Las quejas deben estar directamente relacionadas con la violación por parte del Estado de los derechos y libertades protegidos por la Convención.

Los plazos son muy extensos, empezando por la decisión sobre la admisibilidad de una demanda, que sólo puede ser tomada una vez que el Comité ha recibido y estudiado las observaciones y comentarios de ambas partes, lo que puede tomar varios meses o incluso años.

Si al término de todo el procedimiento un Estado es encontrado culpable, el Comité le pide que ponga remedio a la violación.