"Garantizar a los expresidentes de la Generalitat la atención y el apoyo que necesiten en todas las etapas de la vida" es el objetivo de la modificación de la Ley 6/2003, que este martes ha impulsado el Gobierno catalán.

Concretamente, el Ejecutivo ha autorizado a todos los departamentos a realizar las "actuaciones oportunas" dentro de sus competencias con el fin de asegurar el derecho a vivir dignamente de los expresidentes, cubriendo sus necesidades personales y sociales básicas. 

Hecho a medida para Pasqual Maragall

Tanto la ley del 2003, como el decreto que la desarrolla, fueron aprobados con la intención de aplicarse sólo a un expresident, según informa ACN. No obstante, ahora el Ejecutivo considera que se elaboró con la intención rendir un reconocimiento a todos los exmandatarios que hayan ejercido la máxima representación del país a partir de la restauración democrática.

En otras palabras, la modificación de esta ley se ha hecho a medida para la delicada situación del expresidente socialista de Cataluña, Pasqual Maragall. Maragall sufre alzhéimer desde hace más de 10 años. "Factores como estar en activo, la edad o la salud requieren necesidades y cuidados diferentes, ha argumentado el actual presidente de la Generalitat, Quim Torra. Es por ello que se hace necesario adaptar la normativa actual a la situación y evolución personal de cada uno de ellos, ya las nuevas necesidades que con el paso del tiempo van surgiendo".

No obstante, ¿qué pasa con el caso del expresident huído en Bélgica, Carles Puigdemont?; ¿o el expresident acusado de corrupción, Jordi Pujol? La consejera de Presidencia, Elsa Artadi, ha asegurado que el origen de la modificación de esta ley es para la enfermedad degenerativa que el ex presidente Pasqual Maragall padece; y ha garantizado que no se deriva "ningún beneficio económico o material" para el ex Carles Puigdemont.

Además, Artadi ha dicho que no le consta que Puigdemont haya pedido su sueldo de pensión como ex jefe del Gobierno, y ha añadido que el también expresidente Jordi Pujol no puede acogerse a esta modificación legal porque que en 2014 ya renunció a sus derechos.

Pensión vitalicia

Según ha avanzado El Periódico, el estatuto de los expresidents, establece que recibirán una asignación mensual durante un periodo equivalente a la mitad del tiempo que han estado en el cargo, a partir de los 65 años; teniendo derecho a una pensión de jubilación vitalicia, que consiste en una asignación mensual igual al 60% de la retribución mensual que corresponde al cargo de 'president'.

Además, cuentan con una oficina y una dotación presupuestaria para el funcionamiento de esta y "para las atenciones de carácter social y protocolario que correspondan".