Son la opción elegida por muchos turistas que desean pasar sus vacaciones en nuestro país y en los últimos meses se han convertido en objeto de polémica e incluso en motivo de importantes movilizaciones. Las viviendas turísticas traen en jaque a administraciones y propietarios, que mantienen en algunas comunidades, una lucha que ha llegado a los tribunales.

La Federación Española de Asociaciones de Pisos Turísticos (Fevitur) denunció hace meses ante la Comisión Europea la violación del derecho a la libre competencia en la que, a su juicio, incurren algunas normativas autonómicas y locales. Al mismo tiempo, gobiernos como el del Ayuntamiento de Madrid y muchos vecinos tratan de frenar la ‘turistificación’ del centro de la capital.

Entre las ventajas para los propietarios de este tipo de alquiler, la alta rentabilidad y que es más fácil encontrar inquilino. Entre los inconvenientes, la dedicación y el tiempo que requiere, principalmente en lo que respecta a la limpieza y la gestión de entrada y salida de turistas y el papeleo y los requisitos legales de estos alquileres.

 El problema gallego

La normativa que rige este tipo de modalidad extrahotelera difiere entre una comunidad autónoma y otra, y aún hay regiones que no cuentan con regulación al respecto.

Esta misma semana entraba en vigor el decreto que regula las viviendas de uso turístico en Galicia. Sin embargo, la polémica que ha suscitado su aprobación ha terminado en los tribunales. La Asociación gallega de Viviendas Turísticas (Aviturga) ha presentado un recurso ante el Tribunal Superior de Justicia y la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ha solicitado un requerimiento al gobierno gallego.

Saltándose la directiva europea que establece que en la elaboración de este tipo de normativas esté presente el sector afectado, “la Xunta no ha contado con nosotros”, explica a ELPLURAL.COM  Dulcinea Aguín, Presidenta de Aviturga . En la elaboración del borrador, eso sí, “han participado los hoteleros”, aclara.

Hasta 2013 los propietarios de este tipo de inmuebles “estábamos regulados por la Ley de Arrendamientos Urbanos”, detalla la portavoz de esta agrupación. La modificación de esta normativa “nos dejó fuera, dejando en manos de las comunidades autónomas la regulación. A partir de ahí, hubo una gran campaña mediática del lobby hotelero y se demonizó el alojamiento vacacional”. Comenzaron entonces los problemas y las acusaciones. “Se nos tacha de defraudadores, pero aquí no hay más que en cualquier otro tipo de actividad económica, la gran mayoría no lo somos. En nuestra asociación tampoco hay grandes gestores, somos simples propietarios, muchos jubilados o emigrantes”.

La realidad turística de Galicia, nada tiene que ver con la de las grandes ciudades. Para Aviturga el decreto gallego no tiene en cuenta el funcionamiento de este tipo de opción vacacional en esta región. 

Entre los puntos que rechazan, que no se pueda alquilar más de 30 días ni por habitaciones y que se dé potestad a los ayuntamientos para regular el número de alojamientos vacacionales. “Santiago ha copiado el modelo de Barcelona y ya no se puede alquilar", recalca Aguín.

Otro de los grandes problemas lo constituye el papeleo. “Se nos piden certificados que no existían cuando compramos las casas, como el certificado final de obra o la licencia de ocupación. Si no lo tenemos hay que solicitar al ayuntamiento un informe municipal que muchos consistorios dicen que no emiten. Esto ha llevado a que se pueda alquilar un garaje sin ventanas, pero no un chalet sobre el mar de los años 70, porque de la calidad no dice nada el decreto”. 

Otras comunidades

También en estos últimos días Canarias ha tenido que anular parte de su decretoProblemas con sus normativas han tenido Valencia y Aragón. En el caso de la comunidad valenciana Competencia le ha exigido a la Agencia de Turismo que elimine la obligación de registrar este tipo de pisos y una sentencia ha dado la razón a un propietario de cinco viviendas de uso turístico a las que el Ayuntamiento de la capital valenciana había ordenado el cese de actividad.

Con menor polémica entró en vigor la normativa de Castilla y León y de Asturias. Tampoco en Andalucía hay demasiados conflictos. La norma tiene poco más de un año de vida y "estamos razonablemente contentos", explica a este medio Hilario Echevarría, presidente de Apartsur, la Asociació de viviendas turísticas y vacacionales del Andalucía  En este caso "se contó con la participación de los propietarios para redactar la normativa y la comunicación con la Junta es muy buena". Sin embargo, la norma está impugnada porque "hay tres puntos que no están claros y que son restrictivos con el derecho de propiedad".  

La asociación no está conforme con que "cuando la vivienda sea compartida se limite a seis el número de plazas que se puede ofertar, se restrinja el número de alojamientos a dos por cada radio de un kilómetro y se obligue a tener elementos fijos de aire acondicionado en cada una de las habitaciones". También tienen problemas con la licencia de ocupación que pide el gobierno autonómico y que han de emitir los ayuntamientos. "Algunos consistorios aprovechan el poder que les da la norma para restringir y se niegan a dar esta licencia aunque se cumplan los requisitos que se piden para obtenerla". Es lo que está pasando en municipios como Córdoba, Estepona y Marbella, asegura Echevarría, quien tiene claro que "éste es un modelo de negocio que ha venido para quedarse". "Queremos que se nos reconozca como idustria", explica, y "que se deje de asociarnos con la economía sumergida".

Madrid y Barcelona

Madrid y Barcelona son las ciudades en las que mayor conflicto ha habido con los vecinos, que tratan de atajar lo que se ha llamado ya ‘turistificación’ de las zonas centro de estas dos localidades.

La mitad de los pisos, alegan, están en manos de fondos de inversión, y el negocio de los pisos turísticos está cambiando la imagen y la vida de los barrios más emblemáticos.

En Madrid, donde recientemente se ha desarrollado una movilización contra el alquiler de viviendas turísticas, el Ayuntamiento ha elaborado un informe en el que se analiza el impacto de este tipo de alquileres en el Distrito Centro. En esta comunidad, los tribunales han anulado también el artículo del decreto que recogía que no se podía alquilar la vivienda por un periodo inferior a cinco días.

En Cataluña la normativa data del año 2012. En este caso es obligatorio cursar el alta en el registro de vivienda turística municipal y autonómico, presentar cada trimestre una declaración y pagar la tasa turística. Sin embargo, hace unos meses el Ayuntamiento de Barcelona suspendió las altas en el registro por la saturación de negocios existente.  

Pendientes de regulación

Entre las comunidades donde todavía no se ha regulado el alquiler de viviendas para uso turístico se encuentra Baleares. En algunas de estas islas, hay serios problemas para encontrar alquiler permanente, por lo que se prepara una norma que obligaría también a registrarse y a que las comunidades de vecinos diesen el visto bueno a la actividad.