El caso ERE vuelve de nuevo a la actualidad judicial y política andaluza. El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción 6 de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha dictado un auto en el que acuerda continuar como procedimiento abreviado las diligencias previas seguidas contra ocho personas investigadas en una pieza separada del caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE), centrada en las presuntas irregularidades en las ayudas que la Junta de Andalucía concedió a la empresa tabaquera Altadis entre los años 2004 y 2010 por un importe total de 35.400.789,37 euros.

El primer auto de trascendencia política en el caso Altadis lo dictó la primera juez instructora de los ERE, Mercedes Alaya, en el verano de 2014, cuando acordó investigar a 16 personas. Las ayudas de la Junta a Altadis, consideraba Alaya, estaban palagadas de irregularidades y supusieron un "cheque en blanco contra los fondos andaluces".

Las ocho personas procesadas son el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta de Andalucía Daniel Alberto Rivera; el ex director general de la agencia IDEA Antonio Valverde; un directivo de Altadis; dos representantes del sindicato UGT, uno de los cuales fue secretario general del sindicato, en concreto Francisco Fernández Sevilla; dos representantes de CCOO y un responsable y directivo de la mediadora Vitalia S.A.. Asimismo, el juez acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado, en calidad de responsables civiles subsidiarias, contra Altadis, Vitalia, CCOO y UGT.

En un auto fechado el día 23 de diciembre, según informa el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), el magistrado toma esta decisión por si los hechos denunciados pudieran ser constitutivos de presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación de caudales públicos y falsedad documental.

Además, y por medio de otro auto dictado el pasado día 10 de diciembre, el magistrado acuerda la exclusión de esta pieza de dos ex altos cargos de la Junta de Andalucía (el exdirector general de Trabajo Juan Márques y el exdirector de IDEA Miguel Ángel Serrano), desestimando así la petición del Ministerio Público para que fueran llamados al presente procedimiento y se acordara la continuación del mismo contra ellos como procedimiento abreviado.

El juez los exlcuye del proceso porque ya habrían sido encausados por la perpetración de aquéllos" en el juicio seguido en la Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla por el denominado procedimiento específico. También declara Villaplana extinguida la responsabilidad criminal del ex director general de Trabajo Francisco Javier Guerrero tras su fallecimiento.

Vox: "Que devuelvan lo robado"

Aunque, como en otras ayudas relacionadas con la macrocausa de los ERE, el grueso del dinero fue a parar a los trabajadores de la compañía tabaquera, Vox Andalucía proclamaba ayer en su cuenta oficial de Twitter que "ex altos cargos socialistas, de UGT y CCOO tendrán que explicar qué hicieron con los 35M€ que dieron en ayudas a Altadis. ¿A qué esperan para devolver todo el dinero que han robado?".

Siguiendo la estela marcada por el PP y Cs en sus argumentarios a propósito del caso ERE, el partido ultra no citaba a los directivos empresariales procesados ni se daba por enterado que el "dinero robado" solo podrían devolverlo sus destinatarios, que fueron los trabajadores, no los sindicalistas ni los políticos.

El propio auto judicial no hace mención a los destinatarios efectivos de las ayudas, trabajadores a los que, al igual que en el macroproceso y en el resto de piezas del caso ERE, la justicia nunca ha reclamado la devolución de las ayudas ni acusado de beneficiarios a título lucrativo, que es como el Código Penal define a quienes se han beneficiado de los efectos de un delito o falta sin haber tenido ninguna intervención en tal hecho delictivo, ni como autores ni como cómplices.

Las ayudas a Altadis

En el auto dictado el día 23 de diciembre, el juez concreta que el objeto de esta pieza separada lo constituye "la presunta ilicitud de las ayudas sociolaborales o excepcionales concedidas" por la Dirección General de Trabajo de la Junta a la empresa Altadis S.A. entre los años 2004 y 2010, periodo en el que "habrían sido concedidas de manera ilícita y arbitraria dichas ayudas por importe de -al menos- 35.400.789,37 euros".

El juez pone de manifiesto que, de lo actuado, "se deduce que las ayudas concedidas a Altadis carecerían de objeto definido y concreto, se llevaron a efecto de forma injusta y arbitraria prescindiendo del procedimiento legalmente establecido y sin observancia de los aplicables principios de publicidad, concurrencia y objetividad", a lo que se suma que se concedieron por el correspondiente director general de Trabajo "sin competencia para ello, sin resolución motivada y justificada de concesión, sin acreditación de los requisitos necesarios para su obtención, sin que se justificase en modo alguno el carácter excepcional de la correspondiente ayuda (...), sin control administrativo y sin justificación ni acreditación del destino de los fondos percibidos".

Empresas bajo sospecha

Asimismo, y según expone el instructor, "la selección de las correspondientes entidades aseguradora y mediadora se habría llevado a cabo de forma arbitraria, sin observancia de procedimiento administrativo alguno, siendo así que, incluso, Vitalia -entidad que intervino como mediadora en las pólizas de seguro suscritas como mecanismo ilícito de financiación de las ayudas- no tenía autorización para operar como correduría de seguros en Andalucía".

"En definitiva, no existe en todo el expediente administrativo relativo a su otorgamiento, obrante en autos, ninguna documentación que revele un mínimo cumplimiento de los requisitos y presupuestos que regulan la concesión de ayudas públicas o subvenciones", asevera el magistrado, que, por todo ello, acuerda continuar las diligencias previas como procedimiento abreviado contra las ocho personas referidas por presuntos delitos de prevaricación administrativa, malversación y falsedad documental.