Para Antonio Ávila ha concluido el calvario judicial por los presuntos delitos de fraude de subvenciones, malversación de caudales públicos y prevaricación. El juez de Instrucción número 2 de Sevilla ha archivado la causa abierta contra el exconsejero de Economía e Innovación y otras 29 personas por los 5,8 millones de euros que el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) concedió a las 94 Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico (Utedlt) para pagar las indemnizaciones por la finalización de los contratos laborales tras la extinción de estos consorcios en 2010.

La Fiscalía Superior de Andalucía abrió diligencias a partir de un informe de la Cámara de Cuentas respecto a dichas unidades en el periodo 2010-2012.

Causas paralelas

La causa de los cursos de lo formación, que acumula ya decenas de archivos en distintos juzgados, también partió de un informe de la Cámara de Cuentas.

La principal pieza de la misma era definitivamente archivada el pasado mes de febrero por la jueza María Núñez Bolaños, que argumentaba así el sobreseimiento: "Los reparos a la gestión de la administración ha sido y es una practica frecuente y habitual que nunca, hasta ahora, ha dado lugar a la apertura de causas penales y ello, como los propios interventores señalan, porque no detectan ilícito penal alguno sino simple y llanamente irregularidades administrativas".

Conforme a la ley

El instructor deja bien claro que "todos y cada uno" de los expedientes de subvención extraordinaria se tramitaron conforme a la ley 28/2003, de 17 de noviembre, en la que entre otras se regulan las subvenciones excepcionales.

Recuerda el magistrado que, antes de concederse las 94 subvenciones objeto de este análisis, se elaboró una memoria justificativa del interés público social por parte de la jefa de servicio de Promoción del Desarrollo Local en la que se ponía de manifiesto, de una parte, "el evidente interés público y social de las subvenciones, toda vez que las mismas tenían como finalidad hacer frente a los despidos de un número importante de personas". Antonio Ávila basó "en todo momento" su decisión en el contenido de esa memoria justificativa.

Sin relevancia penal

Sobre las irregularidades denunciadas por la Cámara de Cuentas, em magistrado es contundente: "Parece evidente –sostiene– que los incumplimientos descritos, aun teniendo trascendencia en el ámbito administrativo, carecen de relevancia penal, debiendo ponerse de manifiesto que la falta de control efectivo sobre la gestión desarrollada, en modo alguno significa que haya existido una mala gestión o una gestión fraudulenta".

Un argumento recurrente

Este ha sido también el argumento más recurrente de los jueces que han instruido y archivado los casos vinculados al supuesto fraude de los cursos de formación. En el auto de archivo de la pieza política del caso la magistrada Núñez Bolaños se preguntaba cómo era posible que, si los interventores no habían denunciado ilegalidades, aun así se abrieran “numerosas causas penales partiendo de interpretaciones de los informes de la intervención, causas que vienen siendo archivadas por los Juzgados de Instruccion".

Una de las reflexiones que hacía entonces Núñez Bolaños podría aplicarse también a este archivo de las ayudas del Servicio Andaluz de Empleo: "La apertura de investigaciones como ésta”, pueden causar un grave daño “a personas cuya honorabilidad y profesionalidad se pone en cuestión viéndose abocadas a defenderse como presuntos delincuentes en el proceso”.