Varios letrados ha coincidido en solicitar la anulación de las actuaciones el juez Álvaro Martín y la retirada del procedimiento del delito de asociación ilícita que el PP 'coló de matute' en la causa. Ambas peticiones son lo más destacado de la sesión de este miércoles en el juicio de la pieza política de los ERE, que sienta en el banquillo a 22 ex altos cargos de la Junta de Andalucía, entre ellos los expresidentes Chaves y Griñán, y que todavía debate las cuestiones previas planteadas por las partes antes de comenzar la fase de interrogatorios.

Jornadas lánguidas

El juicio arrancó con brío antes de las fiestas navideñas, pero ha ido languideciendo en la reanudación de ayer y hoy –apenas media docena de periodistas en la sala habilitada para seguir el proceso por el circuito cerrado de televisión– debido a la naturaleza bastante técnica de las cuestiones planteadas por las partes.

Incluso el propio presidente del tribunal, el magistrado Juan Antonio Peña, se ha mostrado en alguna ocasión bastante dubitativo a la hora de aclarar dudas procesales planteadas por los letrados. Y es que, como llegó a decir uno de ellos, esta causa tiene, con su millón de folios, mucho de “maremágnum” en el que, quien más y quien menos, se ha perdido alguna vez.

Sobre el juez natural

Sobre la asignación del caso, por parte del TSJA y el Poder Judicial, al juez Álvaro Martín los defensores de distintos procesados coinciden en que su nombramiento conculcó el derecho al juez predeterminado por la ley, que en esta pieza debió haber sido la titular del Jugado de Instrucción número 6 de Sevilla, María Núñez Bolaños.

El ‘fuego’ sobre ese flanco lo abrió en la sesión del martes el abogado José María Mohedano, que representa a José Antonio Griñán y Antonio Lozano y que expuso ante el tribunal una argumentación muy bien armada en la que subrayó el hecho de que, aunque la propia juez titular estuvo de acuerdo en su día, el nombramiento de Martín como instructor no estaba justificado en absoluto y era contrario a la ley, pues el hecho de haber estado con anterioridad en comisión de servicio en el Juzgado 6 cuando su titular era Mercedes Alaya, no significa que hubiera participado ni conociera la instrucción de los ERE; de hecho, su cometido fueron los asuntos que Alaya no podía atender al estar ocupada al cien por cien con la macrocausa. En opinión de Mohedano y de otros letrados, el tribunal debería anular la instrucción llevada a cabo por Martín.

¿Asociación ilícita?

Aunque hubo pocos reproches explícitos a la investigación llevada cabo específicamente por Martín, varias defensas coincidieron también en que el instructor no debió ‘comprarle’ al PP, personado como acusación en la causa, la inclusión en el procedimiento del delito de asociación ilícita, y eso que, según relató Gonzalo Martínez-Frenesda, letrado de Gaspar Zarrías, el propio magistrado había negado expresamente con anterioridad que las conductas de los imputados se ajustaran al tipo delictivo de la asociación ilícita. La aceptación de ese delito inverosímil, argumentó un letrado, es "un lastre político".

Otra queja recurrente de los letrados ha sido la naturaleza excesivamente genérica de las acusación, “como si la responsabilidad penal se pudiera exigir colectivamente”, llegó a decir el abogado de la exconsejera Carmen Martínez Aguayo.

El orden de los factores

El mismo letrado también solicitó que se invierta el orden previsto de declaraciones, de modo que comparezcan primero los testigos y posteriormente los acusados. ¿Por qué? Porque se trata de una causa “inmanejable” en la que tienen una importancia crucial los “aspectos técnicos de naturaleza jurídico-presupuestaria”, lo que hace que sea más justo que los peritos testifiquen antes que los acusados. Con ello se conjuraría el riesgo de que “el fiscal entre en el plenario intentando pescar” pruebas en las declaraciones de los procesados.

Como se sabe, la principal prueba de cargo contra los acusados es el controvertido informe realizado por funcionarios de la Intervención General de la Administración del Estado, cuyo peritaje ‘condenó’ la utilización de las transferencias de financiación como instrumento para pagar las ayudas.

No es igual activo que pasivo

Las lagunas y contradicciones en la instrucción primero de Alaya y luego de Martín han ocupado de un modo u otro buena parte de las alegaciones de las defensas. Los abogados del exconsejero Antonio Fernández y el viceconsejero Agustín Barberá pidieron que se suprimiera la atribución a sus defendidos por parte de la Fiscalía de “una conducta activa” en la presunta comisión del delito de malversación: en todo caso, argumentaron, su actuación habría sido pasiva por no haber vigilado adecuadamente la gestión del director general de Empleo; la distinción, recalcaron, es penalmente importante.

El letrado Martínez del Hoy, en representación de Fernández, dijo que en el peor de los casos este “pudo consentir” que se sustrajeran fondos públicos, pero en ningún caso puede ser acusado de “sustraerlos él mismo” dado que “la concesión de las ayudas estaba residenciada en la Dirección General de Empleo”, no en el consejero.