¿Es el caso Cárnicas Molina un bluf, es decir, una investigación judicial acompañada de intensa artillería mediática que finalmente queda en nada porque los indicios de delito eran inconsistentes y sin fundamento? Nunca lo sabremos.

El juez instructor acaba de dar carpetazo definitivo al caso a instancias de la Audiencia de Sevilla, pero el motivo de archivarlo ha sido la prescripción de los presuntos delitos investigados, con lo que se cierra la posibilidad de esclarecer el fondo del asunto, es decir, si realmente había indicios delictivos sólidos en la conducta del expresidente Manuel Chaves, varios exconsejeros de la Junta y directivos de la empresa Campocarne, que en 1999 recibió un préstamo de la Junta de 970 millones de pesetas (5,8 millones de euros).

En la concesión de aquel préstamo para salvar los 300 puestos de trabajo de la antigua empresa jiennense Cárnicas Molina HAMSA, la Fiscalía y el juez instructor estimaron indicios de prevaricación y malversación, mientras que las acusaciones, el Partido Popular y el Gobierno andaluz creyeron ver ahí el origen del caso ERE.

“El convenio con Cárnicas Molina confirma que el fraude de los ERE se diseñó en la sala de máquinas del Consejo de Gobierno. Es el origen de los ERE, donde empezó todo, es la aguja en el pajar", dijo en diciembre de 2019 el 'siempre útil aunque no siempre exacto' consejero de Presidencia y portavoz de la Junta, Elías Bendodo. En julio pasado la Junta de Andalucía decidía personarse como acusación.

¿Cajas fuertes o armarios?

La reactivación política y judicial del caso vino de la mano de Bendodo en diciembre de 2019, cuando reveló en rueda de prensa tras el Consejo de Gobierno que había trasladado a la justicia 'la pistola humeante' del caso: un funcionario de la agencia gubernamental IDEA, dijo el consejero, había descubierto “tres cajas fuertes ocultas” en los sótanos de la entidad en las que los Gobiernos socialistas habrían “escondido” documentación comprometedora sobre ayudas concedidas a finales de la década de los 90 a la empresa jiennense Cárnicas Molina.

Poco después, una información de Canal Sur Televisión mostraba las imágenes de las supuestas cajas fuertes, en realidad armarios archivadores bastante convencionales. Los medios afines al Gobierno pasaron entonces ciertos apuros para salvarle la cara al consejero Bendodo, cuyo relato le pareció fantasioso incluso a Vox, su socio parlamentario cuyo portavoz Alejandro Hernández lo calificó con un deje despectivo de “película”.

El archivo

Hecho ahora efectivo por el juez instructor, el auto de la Audiencia de Sevilla ordenaba el archivo con el argumento de la prescripción, pero aun así incluía en el mismo este párrafo:

"Es importante incidir nuevamente en que el propio señor magistrado instructor considera, como el Ministerio Fiscal, que 'no habría existido nunca voluntad de devolución ni de cobro del préstamo', viniéndose a aceptar por tanto que, desde su misma génesis y, más concretamente, desde su formalización y materialización en la escritura pública otorgada el 22/12/1999, los delitos investigados en el presente procedimiento habrían quedado consumados".

El recordatorio de la Audiencia parece dar por demostrado justamente aquello que ha quedado por investigar y, por tanto, por demostrar: que el Gobierno andaluz otorgó el préstamo con la intención inequívoca de no reclamar su devolución, en cuyo caso habría existido prevaricación y malversación.

Una imputación "prematura"

No es eso, desde luego, lo que opinan los abogados defensores Alfonso Martínez del Hoyo y Gonzalo Martínez-Fresneda. En un artículo publicado el pasado día 8 en Diario de Sevilla consideraban “prematuro” haber llamado como investigados a los políticos de la Junta a propósito de un préstamo cuya situación efectiva “se desconocía y, por tanto, si se hicieron efectivas las previsiones –supuesto de impago– fijadas en las cláusulas de la escritura pública de otorgamiento de aquél”.

Añadían a ello ambos letrados que, “en todo caso, la certificación que la Agencia IDEA emitió el 20 de diciembre de 2019 debería haber bastado para diluirla [la hipótesis delictiva], pues vino a confirmar que el préstamo se reclamó judicialmente y que, así pues, aquellas previsiones se hicieron efectivas”.

Lo que Del Hoyo y Martínez-Fresneda hubieran querido demostrar, pero ya no será posible tras el archivo por prescripción, es que “Campocarne se disponía a invertir y crear 300 puestos de trabajo, contratando ex trabajadores de HAMSA y adquiriendo los activos de la misma”, en cuyo caso “la normativa andaluza, como la nacional, preveía ayudas de concesión reglada a quienes acreditasen proyectos de inversión y creación de empleo”.

Por eso, el Consejo Rector del IFA acordó el 29 de octubre de 1999 y el Consejo de Gobierno ratificó el 22 de diciembre de ese año “anticipar a Campocarne el importe de las subvenciones que por creación de empleo y nueva inversión conllevaría la puesta en marcha de la actividad industrial”.

¿Un cierre en falso?

Más tarde, recuerdan los abogados, Campocarne fue vendida en 2004 a Primayor, pero esta no mantuvo sus compromisos”, algo que obviamente “no podía anticiparse en 1999".

Según su relato, “el préstamo se concedió por IFA en la previsión de que fuese amortizado según lo pactado y, desde luego, en el designio de reclamarlo si resultaba impagado, que fue lo que en efecto sucedió: por sentencia de 1 de septiembre de 2008 se reconoció en el proceso concursal su crédito a IDEA, que lo sigue reclamando al día de hoy”.

Fresneda y Del Hoyo, –defensores de los exconsejeros Gaspar Zarrías y Antonio Fernández– recurrieron la instrucción no apelando a la prescripción, sino “con los argumentos de fondo, por una sencilla razón: se quería evitar que aquella imputación, muy aireada a través de la prensa, se cerrase 'en falso' por el solo argumento de la prescripción, y así tal vez inevitablemente dejando en el aire la sospecha inicial desde la que se abrió el proceso, ahora en términos de que, aun prescrita, aquellos ex altos cargos incurrieron en alguna responsabilidad…”.

Lo que ambos perseguían era “el esclarecimiento completo de lo sucedido”, pero ello no será posible porque otra de las defensas sí decidió apelar con el argumento de la prescripción y finalmente "la Audiencia ha declarado que cualquier eventual responsabilidad derivada de aquellos hechos está prescrita". El cierre del caso ha sido, en efecto, 'en falso'.