Ha ya bastantes años que un grupo de magistrados firmamos un manifiesto a favor del derecho de huelga de jueces y magistrados, en el que se recordaba que este derecho le asiste a cualquier funcionario. Es cierto que la práctica totalidad de los catedráticos de Derecho del Trabajo a los que se preguntó por entonces sobre la vigencia de este derecho opinaron que no existía, porque el poder judicial, como el legislativo o el ejecutivo, no pueden hacer huelga. Pero tan teorética consideración olvida que la cesación concertada de la prestación de servicios la hacen los funcionarios, no el órgano al que sirven, y que por tanto la cuestión es simplemente de servicios mínimos, es decir, de garantizar la atención mínima imprescindible del servicio público durante esa situación.

Años más tarde, en vísperas de una posible huelga de jueces, se pidió desde el Consejo del Poder Judicial a su Servicio de Estudios unas notas sobre si lo jueces tienen derecho a la huelga. La respuesta fue en este último sentido y el Consejo de entonces, en lugar de una oposición frontal poco sostenible, optó por desarrollar una labor de mediación que evitó finalmente la huelga. Claro que algunos voceros mediáticos no dejaron de tachar de pasteleo a lo que era un simple ejercicio de buen sentido, porque la jurisprudencia, como sugiere el término mismo, tiene tanto de prudencia como de aplicación del derecho.

Desde entonces la inicial especulación teórica ha cedido el paso a la realidad y en varias ocasiones, aunque no siempre con razón ni por motivos que fueran mas allá de los intereses gremiales, los jueces se han puesto en huelga, y el derecho ya no es cuestionado en la práctica, como lo es en otros países de nuestro entorno (recuérdense las huelgas judiciales convocadas bajo en mandato de la ministra Rachida Dati en Francia). Ahora bien, una convocatoria de huelga, y con mayor razón aún si afecta a cuestiones vitales de la ciudadanía y si se refiere a quienes ostentan una posición de responsabilidad desde órganos que administran la libertad y la seguridad de los administrados, y se desarrolla en un marco de gravísima crisis económica, tiene que estar fundada en muy poderosas razones.

Evidentemente entre esas razones no puede estar la indignación que siente toda la población, y que puedan sentir también muchos jueces, ante la desigual administración que de los sacrificios de la crisis se hace desde el ejecutivo, porque al juez se le exige independencia e imparcialidad también ante sus sentimientos subjetivos como ciudadano. Como tampoco puede justificar una huelga hoy la imposición a una determinada clase funcionarial cualificada de recortes salariales que afectan a todos los empleados públicos y que son un sacrificio muy pequeño en comparación con el coste que pagan los que son arrojados al desempleo sin perspectivas de retorno al empleo en un plazo muy largo. De modo que solamente cuestiones vitales de interés general y sobre todo de defensa de la independencia judicial, de mejora de la administración de justicia y de la función esencial de la potestad jurisdiccional pueden justificar una convocatoria de este tipo.

La facultad de llamar a la huelga a jueces y magistrados corresponde principalmente a las asociaciones judiciales, cuyo descrédito creciente dentro y fuera de la carrera judicial está muy relacionado con la estrecha y miope defensa de posiciones gremiales que han venido desarrollando desde que se le atribuyó prácticamente en exclusiva la decisión sobre los componentes del órgano de gobierno de jueces y magistrados y que se han desentendido a menudo de los intereses generales, y sobre todo de la defensa de la independencia judicial, para centrarse en intercambiar cromos en los nombramientos de cargos judiciales, a cambio de dejar hacer en la política de la justicia y con el resultado de hacer un uso muy desacertado de sus muy importantes competencias reglamentarias, disciplinarias y presupuestarias y con ello de la mejora de medios e infraestructurales judiciales y en la calidad del servicio público de la Justicia.

Con todo, el llamamiento que han hecho la mayoría de las asociaciones judiciales a la huelga el próximo día 20 de febrero podría contar con un seguimiento muy amplio. Las razones de esa adhesión no deben interpretarse como un puro acto de descontento o como una mera adhesión seguidista a la pretensión de las asociaciones de recuperar el control asociativo de los nombramientos o de la progresión en la carrera judicial. Carrera profesional que para los jueces de a pie, los que simplemente trabajan duro en los juzgados de base y se compran sus códigos y se forman a su costa para ser buenos profesionales, sin esperar por ello ascensos o promociones, es hoy ya poco más que una ilusión irrealizable y de la que se tienen que desprender según aprueben el ingreso en la judicatura.

Tiene mucho más que ver en cambio esa presumible participación en la convocatoria de huelga judicial del 20-F con el papel de cenicienta que sigue interpretando la justicia en democracia, justamente cuando más se exige del juez, como última instancia social en casos de crisis económica, social e institucional generalizada (el “guardián de las promesas” en democracia). Como también puede tener que ver con la falta de medios, con la inexistente informatización judicial, con el agobio insoportable de trabajo, con el sacrificio de la calidad de las sentencias que impone la tiranía de la cantidad de asuntos, con la desorganización de la oficina judicial, ahora con dos cabezas pero cada vez con menos brazos y menos piernas, con la falta de apoyo a los jueces que tienen que asumir responsabilidades poco gratas a la derecha política, mediática o financiera, mientras otros obtienen resultados favorables justamente por lo contrario.

Es inevitable a este respecto recordar que las únicas medidas drásticas en casos de corrupción de momento solamente han afectado a algunos de los que más contribuyeron a investigarla. El detonante, por último, ha sido la política de tasas judiciales del ministro Gallardón, cuyo efecto no es tanto que quienes pueden colaboren a los reales costes que generan con su demanda de justicia, como que quienes tienen necesidad vital de justicia, los desheredados de la democracia: los trabajadores, los desahuciados, los defraudados, los acosados, los perseguidos… no puedan acceder finalmente a las promesas de la democracia.

José Folguera Crespo es magistrado