La Justicia ha vuelto a dar un varapalo tanto al PP como a Hazte Oír. El TSJ de Madrid ha dado carpetazo al intento de la asociación de extrema derecha de intentar imputar a la fiscal jefe de Madrid, Pilar Rodríguez, un trato de favor a Begoña Gómez, mujer del presidente del Gobierno Pedro Sánchez. Un discurso que el PP compró sin dudarlo, llegando incluso a solicitar una comparecencia de urgencia del ministro de Justicia, Félix Bolaños. Sin embargo, tal y como ha adelantado El Periódico, el TSJ ha sido claro: "Estamos ante una mera sospecha, cuya significación penal no se revela ni atisba”.

La denuncia de Hazte Oír, que el PP hizo suya, se basaba en un post-it que la UCO encontró en la agenda de Rodríguez en la que había dos anotaciones. Por un lado el nombre de un restaurante y, por otro, el nombre de Begoña Gómez. En su día, cuando varios medios de comunicación de derechas salieron en tromba a relacionar ambas anotaciones con un supuesto trato de favor a la mujer del presidente, la Fiscalía explicó que no tenían vinculación esas anotaciones.

Según Rodríguez, anotó el nombre del restaurante para pedir información sobre un procedimiento abierto por la muerte de varias personas en un incendio en dicho local, mientras que el nombre de Gómez lo anotó para preguntar si había algo abierto después de leer varias noticias en los medios. De hecho, esa anotación se hizo un mes antes de que el polémico juez Juan Carlos Peinado abriera una causa penal contra la mujer del presidente.

El auto

En el auto, al que ha tenido acceso ElPlural.com, dicen los magistrados que "con toda evidencia, pretende convertir en indicios de criminalidad lo que no son, sino meras conjeturas”. Los magistrados son extremadamente duros con los denunciantes de extrema derecha a los que les acusa de denunciar con “meras conjeturas”.

De hecho, y en este sentido, recriminan los magistrados que Hazte Oír vincule "un hecho posible", como sería una supuesta reunión de la fiscal Pilar Rodríguez y Begoña Gómez, "con un contenido sobre el que no existe el menor indicio", como es su asesoramiento de cara una posible investigación criminal sobre el que "cabe muy seriamente dudar que tuviera una significación criminal en las circunstancias que describe la propia denuncia".

Los jueces añaden: "Yendo a lo nuclear, esta anotación en la agenda de la Fiscal, haya sido o no burdamente explicada, no avala indiciariamente, con el suficiente grado de concreción la existencia misma de la reunión y no digamos, con mayor razón, su contenido y un contenido penalmente relevante".

Y apostillan que, aunque se hubiera producido dicha reunión "sin constar ninguna actuación al respecto de la propia Fiscalía, ello no apunta al menor indicio -que trascienda de la mera sospecha- de una labor de asesoramiento penalmente proscrita, y menos aún entraña el menor atisbo de revelación de secretos".

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