La decisión del juez Juan Carlos Peinado de dejar en manos de un juzgado popular un hipotético juicio a Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, por un presunto delito de malversación de fondos públicos, ha reavivado el debate sobre una figura poco habitual en la justicia española: el jurado popular. El magistrado ha citado también a su asistenta en Moncloa y al delegado del Gobierno en Madrid, quienes deberán sentarse junto a Gómez en un proceso que, de confirmarse, se celebrará ante un tribunal formado por ciudadanos y no únicamente por jueces de carrera.
El caso, cargado de polémica y aún pendiente de varios recursos, pone el foco en un procedimiento especial que genera curiosidad y dudas en la opinión pública: ¿qué es exactamente un jurado popular en España, qué delitos pueden ser juzgados de esta manera y cuál es el papel de los ciudadanos que lo integran?
El caso que salpica a Begoña Gómez
El magistrado Juan Carlos Peinado ha comunicado a la esposa de Pedro Sánchez que será un juzgado popular quien la juzgue -en caso de que que finalmente se abra juicio en su contra por por presunta malversación-, junto con su asistenta Cristina Álvarez y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martínez. En un auto adelantado por elDiario.es, Peinado señala que los tres deberán comparecer este mismo sábado en una vistilla para concretar los pormenores de la causa de cada uno de ellos, en aplicación del artículo 25 de la Ley del Jurado.
La decisión se produce en un contexto de gran controversia en torno a la instrucción del juez, cuestionada por diversos recursos pendientes de resolver en la Audiencia Provincial de Madrid. Esta pieza separada avanza de manera paralela a la causa principal, en la que se investigan también presuntos delitos de tráfico de influencias, corrupción en los negocios, intrusismo y apropiación indebida.
Qué es el jurado popular en España
El jurado popular es una institución prevista en el artículo 125 de la Constitución y regulada desde 1995 por la Ley Orgánica 5/1995 del Tribunal del Jurado. Su función es permitir que los ciudadanos participen en la justicia penal. Está compuesto por nueve personas elegidas por sorteo del censo electoral cada dos años, más dos suplentes, y siempre bajo la dirección de un juez profesional que fija las reglas y dicta la sentencia en base al veredicto.
Requisitos y quién puede ser jurado
- Ser mayor de edad
- Tener nacionalidad española
- Residir en la provincia donde se cometió el delito
- Estar en pleno ejercicio de los derechos políticos
- Saber leer y escribir
- No estar procesado ni en prisión
- No haber sido condenado por delitos dolosos sin rehabilitación
- No estar suspendido de cargo público
- No tener impedimentos físicos o psíquicos que impidan la función
- No ser abogado, procurador, juez, miembro del Gobierno o del Parlamento
Exenciones y motivos para librarse
- Tener más de 65 años
- Haber sido jurado en los últimos cuatro años
- Residir en el extranjero
- Estar destinado en el ejército fuera de España
- Sufrir un grave trastorno familiar u otra causa justificada
Qué delitos se juzgan con jurado
- Homicidio y asesinato
- Amenazas
- Allanamiento de morada
- Omisión del deber de socorro
- Infidelidad en la custodia de documentos o presos
- Cohecho
- Malversación de fondos públicos
- Tráfico de influencias
- Fraudes y exacciones ilegales
- Negociaciones prohibidas a funcionarios
Cómo funciona un juicio con jurado
Durante el proceso, el juez explica a los ciudadanos cuáles son las cuestiones que deben responder. Tras escuchar a acusados, testigos y peritos, los jurados deliberan en secreto y votan: se necesitan 7 votos para una decisión desfavorable al acusado y 5 votos si es favorable. El veredicto debe estar motivado y recogido en un acta, que el juez leerá en público. Con base en esa decisión, el magistrado dicta sentencia absolutoria o condenatoria, que puede ser recurrida.
Una institución poco frecuente
Aunque el jurado popular existe desde 1995, su aplicación en España es limitada y se reserva a los delitos señalados por la ley. Sí ha estado presente en algunos de los juicios más mediáticos, lo que refuerza su visibilidad, pero sigue siendo una fórmula excepcional en comparación con la justicia ordinaria.
¿Se cobra por ser jurado?
Formar parte de un jurado es un deber cívico, pero también está remunerado. La dieta establecida es de unos 67 euros al día (dato de 2018), cantidad que compensa los gastos de desplazamiento y las posibles ausencias laborales.