Lo que en mayo parecía una línea cerrada en el sumario, en agosto se ha convertido en el eje central de la causa. El juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha pasado de eximir a Begoña Gómez —esposa del presidente del Gobierno— y a su asesora de cualquier responsabilidad en un delito de malversación, a citarlas como investigadas precisamente por ese mismo ilícito penal. La decisión sorprende no solo por la trascendencia política y mediática que arrastra el caso, sino porque el magistrado no ha explicitado en su último auto cuáles son los elementos novedosos que le llevan a rectificar de manera tan drástica un criterio sostenido con firmeza apenas tres meses antes.

La secuencia resulta significativa. El 21 de mayo, Peinado dictó una resolución en la que rechazaba que Gómez o Cristina Álvarez, su asesora en Moncloa, pudieran haber incurrido en malversación de caudales públicos. En aquel momento, el juez apuntaba que la única persona que podría tener responsabilidad en ese ámbito era el entonces delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, por su papel en la designación y contratación de personal. El resto de implicados quedaban descartados en relación con ese delito. Esa exclusión, subrayada de manera expresa, se convirtió en uno de los pocos puntos claros en una instrucción marcada desde el inicio por un marcado componente político y un notable ruido mediático.

Tres meses más tarde, sin embargo, el magistrado ha dado marcha atrás. En un nuevo auto, fechado a mediados de agosto, cita como investigadas por malversación tanto a Begoña Gómez como a su asesora, fijando sus comparecencias para los días 10 y 11 de septiembre. El cambio se ha producido sin una motivación extensa: la resolución no explica qué pruebas nuevas, qué declaraciones de testigos o qué documentos han llevado a Peinado a revocar su propio criterio. Esa ausencia de justificación detallada ha reavivado el debate en el ámbito jurídico sobre la seguridad jurídica, la solidez de la investigación y el alcance real de la imputación.

Fuentes próximas al procedimiento apuntan que la decisión de Peinado no puede entenderse sin un pronunciamiento de la Audiencia Provincial de Madrid, emitido en junio. En aquel fallo, la Audiencia corrigió parte de la instrucción y avaló que se investigaran posibles indicios de desvío de recursos públicos. En su razonamiento, subrayó que debía analizarse con mayor detalle el papel desempeñado por la asesora en Moncloa, que habría podido destinar esfuerzos institucionales a labores vinculadas a la agenda privada de Gómez. Esa resolución abría la puerta a considerar la malversación como una vía plausible de investigación.

Una instrucción con múltiples ramificaciones

El caso contra Begoña Gómez ha ido acumulando acusaciones en paralelo. Además de la malversación, el juez ha abierto diligencias por tráfico de influencias, corrupción en los negocios, apropiación indebida e incluso intrusismo profesional, especialmente a raíz de su papel como codirectora de una cátedra en la Universidad Complutense. A ello se suma la sospecha de que algunas empresas que colaboraron con proyectos universitarios tenían vínculos con concursos públicos en los que podía influir el entorno gubernamental.

A lo largo de los últimos meses, Peinado también intentó derivar parte de la investigación hacia el ministro de Presidencia, Félix Bolaños, aunque el Tribunal Supremo frenó esa vía al considerar que no existían indicios suficientes para abrir causa. Este intento de escalar el procedimiento hacia la cúpula del Gobierno alimentó las acusaciones de “lawfare” lanzadas desde el PSOE, que denuncia una persecución política disfrazada de investigación judicial.

Los varapalos judiciales que desautorizan a Peinado

La actuación del juez Juan Carlos Peinado ha sido reiteradamente corregida por instancias superiores a lo largo de los últimos meses. El Tribunal Supremo ya rechazó su intento de implicar al ministro Félix Bolaños por malversación y falso testimonio, reprochándole que se apoyara en pruebas insuficientes y que no hubiera dado traslado previo a la Fiscalía, una medida considerada inusual en procedimientos penales. También el Tribunal Superior de Justicia de Madrid anuló las sanciones que Peinado había impuesto a varios abogados en el marco de esta causa por supuestas violaciones del secreto sumarial, al concluir que no existía ninguna prueba concreta de revelación indebida.

A estos episodios se suma un error procesal que resultó determinante en otra de sus investigaciones: el cierre anticipado de la instrucción por malversación contra un alto cargo del Gobierno de Almeida. La Audiencia Provincial invalidó una prórroga dictada por Peinado porque el plazo legal ya había expirado, lo que dejó sin efecto diligencias claves. Desde la oposición municipal se calificó aquella actuación como “negligente e inaceptable”.

Esta sucesión de reveses judiciales ha alimentado la desconfianza respecto a la solidez y la objetividad de una investigación que, lejos de disipar dudas, acumula rectificaciones y correcciones por parte de tribunales superiores.

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