El juez Juan Carlos Peinado ha dado un paso decisivo esta semana en la instrucción contra Begoña Gómez, al ordenar que la Guardia Civil analice los correos intercambiados por su asistente en Moncloa, Cristina Álvarez, con el Instituto de Empresa (IE). Dicha petición —dirigida también al objeto de esclarecer si hubo uso indebido de recursos públicos para asuntos privados— se suma a otras diligencias dentro de una compleja investigación que ya ha suscitado numerosas polémicas judiciales y políticas.

La providencia del 25 de septiembre reclama al IE que envíe “a la mayor brevedad posible” copia de los correos enviados y recibidos por Álvarez para su análisis por la UCO de la Guardia Civil. Este requerimiento llega justo después de que el juez decidiera que esta parte del caso se tramitará mediante el procedimiento del jurado, lo que implica que, de llegar a juicio, Begoña Gómez, su asesora y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, podrían ser juzgados por un tribunal popular.

En total, se estima que son unos 121 correos electrónicos intercambiados por Álvarez que podrían resultar relevantes para la causa. Estos mensajes abarcarían correspondencia entre ella y organismos como el IE y la Universidad Complutense, que el juez considera potencialmente vinculada a la actividad profesional de Begoña Gómez. No obstante, el Ministerio Fiscal no ve en ellos indicios claros de delito de malversación y, en la vista celebrada el pasado sábado, manifestó su negativa a mantener la pieza separada, solicitando su archivo para Gómez, su asesora y el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín, también investigado.

Este posicionamiento del fiscal refuerza la tensión en torno al caso, pues contrapone su criterio técnico —que considera que los correos no contienen elementos que permitan sostener una acusación penal de malversación— con la estrategia del juez Peinado, que considera esos documentos esenciales para completar la instrucción de la pieza. Para el fiscal, la mera existencia de comunicaciones entre Álvarez y entidades vinculadas no constituye per se una prueba de que se haya producido una desviación de fondos públicos ni un uso indebido de recursos. Su petición de archivo muestra que, al menos en esta fase, el Ministerio Público no respalda una acusación penal sobre la base de esos correos.

La discrepancia entre la Fiscalía y el juez pone de relieve una de las tensiones centrales del proceso: hasta qué punto las piezas documentales y las comunicaciones privadas pueden erigirse en fundamento suficiente para imputaciones graves como la malversación. La Fiscalía cuestiona que la instrucción se base en una interpretación expansiva del material, sin una correlación clara entre cada mensaje y el delito imputado. Además, cabe destacar que la defensa de Gómez ha hecho énfasis en que Álvarez estaba contratada con cargo a fondos públicos como asistente y no para tareas privadas, y que muchas de las comunicaciones denunciadas podrían estar justificadas como actuaciones lícitas o dentro de un ámbito normal de trabajo.

Peinado y una instrucción más que polémica

Este episodio profundiza y exacerba aún más las críticas entorno a la instrucción llevada por el juez Peinado, que muchos ya califican de controvertida y sujeta a impugnaciones constantes. La denominan “instrucción prospectiva” aquellos que plantean que el magistrado no partió de indicios sólidos, sino que ha ido construyendo la causa sobre la marcha, buscando supuestos hechos que sostengan las acusaciones. En palabras de juristas como Baltasar Garzón, “se ha ido cambiando el objeto del proceso de forma reiterada” y transformándolo en “una causa general que se investiga más por afectar a la mujer del presidente del Gobierno que por los hechos”, con la técnica de “retorcer el derecho” para adaptarlo a las necesidades del caso.

Durante meses, Peinado ha sido señalado por adoptar criterios interpretativos muy amplios, que permiten expandir progresivamente las imputaciones conforme avanza la investigación. La estrategia ha sembrado dudas entre observadores judiciales sobre hasta dónde puede llegar esa elástica ampliación de los cargos y si responde más a una voluntad inquisitiva que al estricto rigor procesal. En este contexto, cabe recordar que en mayo de 2025 el propio juez descartaba que Begoña Gómez pudiera ser responsable de malversación, argumento que ahora parece revertido con la imputación de ese delito, lo cual muestra una evolución sustancial en la línea de acusación.

Y esa evolución no ha pasado inadvertida: defensas y algunos tribunales superiores vienen reprochando la conducta del magistrado. En ocasiones, la Audiencia Provincial ha corregido resoluciones suyas por excesos procesales o por falta de motivación suficiente. Además, la defensa de Gómez ha denunciado que Peinado ha omitido dictámenes previos que favorecían la limitación o cierre de algunas ramas del caso, y que su instrucción no ha respetado la moderación exigida por la ley penal.

En este clima de judicialización intensiva, la incomparecencia de Begoña Gómez en la citación prevista para concretar su imputación añade un nuevo capítulo de controversia. En el acto fijado para las 18:00 en los juzgados de Plaza de Castilla, ni ella ni los otros investigados —la asesora Cristina Álvarez ni el delegado del Gobierno en Madrid, Francisco Martín— acudieron personalmente. Sus abogados invocaron la circular 4/1995 de la Fiscalía, que establece que la presencia del imputado en esta fase no es “obligatoria”, pues el trámite solo busca “concretar la acusación” y puede ser cumplido por sus representantes.

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