Alberto González Amador, pareja sentimental de Isabel Díaz Ayuso, ha recurrido la decisión de la Fiscalía General del Estado de recolocar al ex fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en la Sección de lo Social del Ministerio Público del Alto Tribunal.
El pasado 23 de diciembre, la fiscal general, Teresa Peramato, concluía que García Ortiz no debía ser expulsado de la carrera fiscal, y ahora el novio de la presidenta ha presentado un recurso ante esta decisión, que se aprobaba en enero.
La pareja de la política ‘popular’, según detalla el diario El Mundo, reprocha a la máxima representante del Ministerio Fiscal que no le haya informado por conducto oficial de la decisión adoptada a pesar de ser el perjudicado directo de la comisión del delito de revelación. González Amador añade que pide la condición de interesado en el expediente administrativo a la vez que denuncia que no se le haya comunicado la decisión de inicio del procedimiento ni ninguna otra resolución vinculada con el mismo, por lo que considera que no ha podido ejercer sus derechos.
La inhabilitación se limita al cargo de fiscal general
Por su parte, fuentes de la Fiscalía confirmaban que García Ortiz se había incorporado “de conformidad con las previsiones estatuarias, quedando sin efecto su anterior situación de servicios especiales” en el momento en que ejercía como fiscal general.
Las mismas fuentes del Ministerio Fiscal añadían que “el alcance del fallo de la sentencia resulta claramente delimitado” en tanto en cuanto la sentencia del Supremo, apostillaban, “impone a García Ortiz la pena de inhabilitación especial para el cargo de fiscal general del Estado por tiempo de dos años, sin que se efectúe ninguna referencia más ni respecto de su condición de fiscal de carrera y/o el ejercicio de sus funciones fiscales, ni respecto de otros cargos análogos”.
Así las cosas, detallaban que se trata esta última de una concreción “particularmente relevante” señalando que el Código Penal “obliga a los tribunales a indicar en la sentencia los empleos y cargos afectados por la inhabilitación, entando vedada cualquier extensión automática y/o interpretación expansiva u omnicomprensiva de su contenido”.
Para abrir nuevamente la puerta el ex fiscal general, la Fiscalía se apoyaba en una sentencia del propio Supremo que en 2017 indicaba que “quienes perteneciendo a la carrera judicial o a la carrera fiscal sean condenados por delito doloso solamente perderán necesariamente su condición si se les impone una pena privativa de libertad superior a seis meses según el artículo 379.1 d) de la Ley Orgánica del Poder Judicial y el artículo 44.2º del Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal”.
La resolución señalaba que “si la condena es a menos de seis meses de privación de libertad, el Consejo General del Poder Judicial o el fiscal general del Estado, de forma motivada y atendiendo a la entidad del delito cometido pueden sustituir la pérdida de la condición de juez o magistrado o de fiscal por la de suspensión de hasta tres años. Ahora bien, si la condena por delito doloso no conlleva privación de libertad, entonces no habrá pérdida de la condición judicial o fiscal”.
La defensa de González Amador dice que "no existe jurisprudencia"
La defensa de la pareja de Ayuso responde en su recurso que la jurisdicción contencioso-administrativa “nunca” se ha pronunciado “ni existe jurisprudencia” sobre lo concluido por Peramato en el decreto 23 de diciembre de 2025, y concreta que la jurisdicción contencioso-administrativa “nunca” ha concluido que el EOMF y el Reglamento se refieren como causa de inhabilidad no a delitos dolosos -como por el que fue condenado García Ortiz-, sino a condenas de penas privativas de libertad por delitos dolosos.
Con lo que indica que la sentencia a la que se refiere al TS para permitir la entrada nuevamente de García Ortiz no analiza “un supuesto de hecho ni análogo ni cercano al que nos ocupa” dado que se trata de un supuesto con el acceso de una persona aspirante a la carreara judicial con antecedentes penales en el momento de concurrir a la oposición, a la que se le deniega el acceso a pesar de aprobar las oposiciones por este motivo.
En cualquier caso, la defensa de González Amador pide que le conceda acceso al expediente administrativo y se retrotraigan las actuaciones al trámite de audiencia de los interesados, así como que se anule el decreto del 23 de diciembre para que García Ortiz sea incapacitado para el ejercicio de funciones fiscales. También pide la incoación de expediente disciplinario de éste y de la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez.
Después de condenar el Supremo a García Ortiz al pago de una multa de 7.200 euros y una indemnización de 10.000 euros en una condena y una sentencia que puso patas arriba el tablero judicial, los magistrados indicaron expresamente en su sentencia que la inhabilitación lo era únicamente para el cargo de fiscal general del Estado, advirtiendo de que sería "excesiva su proyección a otros" y dejando en manos de la Fiscalía el nuevo destino del protagonista de estas líneas.