El juez Juan Carlos Peinado, titular del Juzgado de Instrucción número 41 de Madrid, ha respondido a Begoña Gómez a través de una nueva, e insólita, providencia y ha asegurado que la sigue investigando con “otros dos bloques” de información que no conciernen a la Fiscalía Europea. Así, el juez asegura que hay “nuevos documentos aportados por los testigos”.

Esta respuesta llega después de que la defensa de Begoña Gómez le pidiera al juez Peinado que aclarara qué está investigando en la causa después de que el asunto de las ayudas al empresario Juan Carlos Barrabés se haya enviado a la Fiscalía Europea, después de que esta lo solicitara.

De esta forma, el juez Peinado ha señalado que la causa que investiga continúa porque hay dos bloques de documentos que no han sido enviados a la Fiscalía Europea. En cuanto a estos nuevos documentos que asegura tener, el magistrado explica que “debe tenerse en cuenta, en primer lugar, que el auto dictado por la Ilma, lo fue, teniendo en consideración, lo que en el momento de la interposición del citado recurso constaba en las actuaciones, es decir, tan sólo, la denuncia inicial, y las informaciones de dos medios de comunicación, unidos a dicha denuncia”.

“De tal manera que, en ese momento, se carecía de los nuevos documentos aportados por los testigos, así como el primer informe emitido por los agentes de la Unidad Central Operativa (UCO), de la Guardia Civil, comisionados en las presentes diligencias”, ha añadido.

En el mismo sentido, ha afeado a la defensa de la esposa del presidente del Gobierno la “interpretación subjetiva, que extrae de una conclusión interesada”. “La afirmación que se contiene en el referido escrito de la procuradora, señora González Ruíz, de que, 'el presente procedimiento tenía por objeto, tras la resolución del recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Fiscal ante la Audiencia Provincial, exactamente esos hechos...' es una interpretación subjetiva, que extrae una conclusión interesada y no ajustada a la realidad”, ha subrayado.

De la misma manera, asegura que en el auto que resuelve el recurso de apelación, “no se contiene esa afirmación, sin perjuicio de que, se haga referencia a esos contratos, como indicativos de claros indicios, que permiten la deducción de la presunta comisión de un hecho delictivo, y esta afirmación, que se refleja en el auto resolviendo el recurso de apelación, se efectúa tras analizar tres bloques fácticos de documentos, y los contratos a los que se refiere el auto por el que se concede la avocación parcial a la Fiscalía Europea, es uno de esos bloques, pero existen otros dos bloques, que no conciernen a esos contratos”.

Y para terminar, le explica a Begoña Gómez que, al haberse levantado el secreto de sumario, ya puede tener acceso a todas estas informaciones: “Teniendo en cuenta que, desde el día, ya está alzado el secreto de las presentes actuaciones judiciales, a las que tiene acceso la investigada, a través de su representación procesal, los hechos por los que se sigue llevando a cabo las diligencias de instrucción, que son competencia de este Juzgado, son todos los que constan en las actuaciones, que como se ha dicho, pueden ser conocidos cuando estime conveniente, y a los que puede tener acceso en cualquier momento, la representación procesal de la investigada, a excepción de aquellos hechos cuyo conocimiento han sido avocados en favor de la Fiscalía Europea”.

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