Nuevo revés judicial para la ultraderecha y la difusión de bulos. Luis Pérez Fernández, más conocido en las redes sociales como Alvise Pérez, y Pablo Fernández Baca han sido condenados por un delito de intromisión en el derecho al honor de la periodista y fundadora de Newtral, Ana Pastor

En concreto, según la Audiencia Provincial de Madrid, Pérez y Fernández Baca cometieron un delito de intromisión ilegítimo en el derecho al honor de Pastor, por lo que han sido condenados a publicar el encabezamiento y el fallo de la sentencia “con la misma difusión pública con la que se vertieron los datos que se consideran intromisión ilegítima del derecho al honor”, es decir, en las cuentas personales de Twitter de Alvise y Pablo Fernández Baca, además de en el canal YouTube de este último.

No obstante, esta no ha sido la única pena que tendrán que pagar ambos difusores de bulos, puestos que los magistrados también recogen en la sentencia que los dos condenados deberán eliminar “todos los comentarios litigiosos reseñados en la demanda, contenidos en ambas cuentas de Twitter de los codemandados, así como del vídeo alojado en el canal YouTube”. Además, cada uno deberá indemnizar a Pastor con 1.000 euros

Tal y como recoge la sentencia, los comentarios vertidos por Alvise Pérez y Pablo Fernández Baca tenían como finalidad “cuestionar la regularidad contable de la sociedad o el cumplimiento de las obligaciones fiscales” de Newtral. Todo ello pese a no presentar prueba alguna, algo que se debe tener en cuenta “en la tarea de efectuar una ponderación” entre el derecho a la información y el derecho al honor. “El límite al derecho a la información o exposición de hechos, según las decisiones del TC, Tribunal Supremo y Tribunal Europeo de Derechos Humanos citadas se halla en la veracidad de la información”, subrayan los magistrados.

Por otra parte, la sentencia también entra a valorar insultos como el de “cobarde” (y otras lindeces) que Alvise Pérez vertió contra Pastor. Una serie de vituperios que los magistrados consideran que se tratan de “ataques personales” que en ningún caso están protegidos por el derecho a la información.

El Juzgado de Instrucción desestimó el pasado abril de 2022 la demanda que interpuso la periodista, en la que acusaba a Alvise y Fernández Baca de haber vulnerado su derecho al honor tras publicar tuits y vídeos en los que arrojaba sospechas sobre las cuentas y los resultados económicos de Newtral. Entonces se absolvió a los dos demandados y se condenó a la periodista a pagar las costas procesales a ambos, sentencia que Pastor recurrió y que ahora ha fallado a favor de la periodista.