Sentencia pionera e histórica para las personas no binarias después de que el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) inste al Registro Central de Extranjería a que inscriba como indeterminado el género de Andrea Speck, persona alemana residente en Sevilla, donde vive desde hace diez años.

Hasta este momento, Andrea aparecía como un hombre en Hacienda y como una mujer en la Seguridad Social; pero ha ido acumulando victorias para el colectivo hasta alcanzar uno de los grandes hitos de su lucha, que encuentra su primer tanto judicial contra el Servicio Andaluz de Salud cuando se amparó en la Ley 2/2014 integral para la no discriminación por motivos de identidad de género y por el reconocimiento de las personas transexuales en Andalucía. Ahora se cierra el círculo de aquel logro con la inscripción de su protagonista como indeterminado.

“No es una moda”

“Estoy eufórico por la sentencia, pero siento que el trabajo político y educativo empieza ahora, es una oportunidad para el reconocimiento de los no binarios”, expresa Speck en unas declaraciones recogidas por el diario El País en las que subraya lo “largo” del camino: “No ha sido nada fácil (…) La primera de las dificultades ha sido la falta de referentes, ni en los medios, ni en mi círculo cercano. En el proceso estás súper solo”.

En la misma línea, recuerda contra lo reaccionario “que no es una moda” y destaca que ya hay culturas que contemplan más de dos géneros, como América del Norte, Asia o Europa “antes del cristianismo”. Asimismo, hay lugares como Alemania, Malta, Países Bajos o Austria que cuentan con la tercera casilla en los documentos oficiales, algo que se da también en Argentina, Canadá, la India, Nueva Zelanda o Nepal.

El documento, del que es ponente José Vázquez García, corrige un escrito anterior en el tiempo de un juzgado de lo contencioso-administrativo de la capital hispalense en el cual se rechazaban las pretensiones de Andrea y en el que se daba la razón a la Dirección General de la Policía. En el cambio de opinión, la Justicia ampara ahora el género expuesto en el pasaporte alemán de su portador para que el género que aparezca sea indeterminado.

En este sentido, la sentencia -ya firme porque pasaron 30 días y la Abogacía del Estado no la recurrió ante el Tribunal Supremo- expresa la intención de “evitar la disparidad de datos personales, acogiendo los que figuran como propios del interesado según su legislación nacional y que sean estos los que consten en los registros españoles”. “Creemos que supone una respuesta acorde con la finalidad se la inscripción, por lo demás obligatoria, y que, si se quiere trasladar al ámbito del derecho internacional privado podríamos decir que equivale a tomar en consideración la ley nacional del interesado como punto de conexión”, añade.

Pequeñas victorias

La persona mencionada aterrizó en la ciudad andaluza en 2013 y cuatro años después intentó que la inscribieran en el Registro Central de Extranjería como indeterminado. Ha sido un camino pedregoso que ha durado un total de seis años y que se ha ido fraguando a base de pequeños logros, a fuego lento; siendo el primero de los hitos el acontecido en 2019, cuando el Servicio Andaluz de Salud consideró su género como indeterminado tras el informe del Defenso del Pueblo Andaluz que respaldaba las reivindicaciones de Andrea.

La ley trans aprobada el pasado mes de febrero en el Congreso de los Diputados no contempla herramientas para reconocer legalmente a las personas no binarias ni la manera en la que encajarlas en el ordenamiento jurídico. La cuestión sí que aparecía mencionada en las enmiendas de varios grupos políticos, pero fue rechazada. Por ello, la sentencia final es fruto de recurrir otra contraria a la petición de Andrea,basándose en la Ley andaluza de transexualidad aprobada en 2014 por unanimidad.